Sentencia de Tribunal L.g.b. Ohiggins, 7 de Febrero de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 705382977

Sentencia de Tribunal L.g.b. Ohiggins, 7 de Febrero de 2018

Ruc17-9-0001181-4
Fecha07 Febrero 2018
RicAB-19-00037-2017
EmisorTribunal L.G.B. Ohiggins (Chile)

CAUSA : “SOC. EDUCACIONAL INFANTES DE O´HIGGINS LTDA con S.I.I.”

RUC Nº : 17-9-000 1181 -4

RIT N° : AB-19-000 37 -2017

RANCAGUA, A SIETE DE FEBRERO DE DOS MIL DIECIOCHO

VISTOS:

UNO. Que, a fojas 1, comparece don S.B.V.,

abogado, RUT N°9.375.966-4, en representación, de la SOCIEDAD

EDUCACIONAL INFANTES DE O'HIGGINS LIMITADA , persona jurídica del

giro de su denominación, R.N.977.400-4, ambos domiciliados, en

calle B. 359 oficina 601, Rancagua, quien deduce reclamo en

contra de la modificación individual del avalúo del bien raíz Rol N°

6643-2 de la comuna de Rancagua, contenida en la Resolución EX.SII

N°A06.2017.00016439 , de 04 de septiembre de 2017, emitida por el

Servicio de Impuestos Internos, en adelante indistintamente

denominado como el “Servicio”, o el “SII”, de acuerdo con las

consideraciones de hecho y de derecho que resumidamente se exponen a

continuación.

En, síntesis, señala el reclamante que, es propietaria del inmueble

ubicado en la comuna de Rancagua, Avenida Illanes N°1170, Rol de

avalúo N°6643-2, en el cual, durante el año 2013, se ejecutaron

importantes obras de ampliación y de remodelación de los edificios,

por lo cual se aumentó en más de 1.400 metros cuadrados, en adelante

denominados como “m2”, la superficie construida. En razón de lo

anterior, con fecha 01 de septiembre de 2015, mediante formulario

denominado "Solicitud de Modificación al Catastro de Bienes Raíces"

Formulario N°2118, se solicitó al Servicio actualizar el avalúo

fiscal de dicha propiedad.

Agrega el actor, que con fecha 29 de marzo de 2017, obtuvo

directamente del Servicio de Impuestos Internos, un Certificado de

Avalúo Fiscal Provisional, vigente al primer semestre del 2017,

respecto de la propiedad aludida, que daba cuenta de un avaluó

ascendente a $1.243.962.289. Además, en dicho certificado se señaló

como superficie del terreno 4.900 m2, con una construcción de 4.646

m2.

Manifiesta el reclamante que, posteriormente fue notificado mediante

Carta Certificada fechada el 10 de abril de 2017, de la Resolución

Exenta SII N°A06.2017.00007658, que modificaba el avalúo fiscal, a

partir de 01.01.2014, de $525.964.696 a $1.011.481.250. Indica

también, que con fecha 23 de mayo de 2017, producto de la carta

aludida, extrajo de la página web del Servicio el documento

denominado "Consulta de Antecedentes de un Bien Raíz", en el cual se

consignaba como avalúo total actualizado al 23 de mayo de 2017, la

cifra de $1.011.481.250. En dicho documento, se consignaba también,

como superficie del terreno la de 4.970 m2 y como superficie

construida la de 3.614 m2.

Arguye el reclamante que, por la Resolución Exenta referida en el

párrafo anterior, el Servicio redujo la superficie construida en

1.032 m2, desde 4.646 m2 a 3.614 m2, sin ninguna explicación y sin

que, en los hechos la superficie construida hubiere sufrido

modificación alguna.

Refiere también la reclamante, que posteriormente recibió otra carta

certificada, esta vez fechada 04 de septiembre de 2017, en la cual

se le notificaba la Resolución EX. SII N°A06.2017.00016439, que

nuevamente modificaba, a partir del 01 de enero de 2016, el avalúo

del bien ya aludido, Rol 6643-2, de $1.022.607.906 a $851.113.482 al

segundo semestre del año 2017.

Afirma el reclamante que, a consecuencia de lo anterior, el día 25

de octubre de 2017, extrajo de la página web del SII, nuevamente, el

documento denominado "Consulta de Antecedentes de un Bien Raíz", el

cual consignaba como avalúo total, actualizado al 25 de octubre de

2017, la cifra $851.113.482, consignándose, además, como superficie

del terreno la de 4.970 m2 y como superficie construida la ascendente

a 3.241 m2, es decir, nuevamente el Servicio, sin explicación alguna,

redujo la superficie construida desde los 4.646 m2 reales a 3.241 m2,

restándole, esta vez, 1.405 m2, cuyo valor de construcción a 30UF por

metro cuadrado es más de $1.000.000.000.

En este contexto, expresa la reclamante que, la Resolución EX SII N°

A06.2017.00016439, que modifica, a partir del 01 de enero de 2016,

el avalúo del bien raíz Rol N°6643-2, a $851.113.482, le causa un

grave perjuicio, por cuanto y de conformidad con los artículos 4° y

6° de la Ley 20.845, el avalúo fiscal de la propiedad es fundamental

para determinar el valor de venta o arriendo del inmueble desde su

actual propietario, la Sociedad Educacional Infantes de O'Higgins

Limitada, a la persona jurídica sin fines de lucro que se debió

constituir por mandato de dicha normativa legal, la Corporación

Educacional Infantes de O'Higgins. Además, la reducción del avalúo

fiscal objetada es arbitraria y carece de todo fundamento de hecho,

pues la propiedad no ha sufrido deterioro, ni menoscabo alguno que

justifique la disminución de su avalúo desde la cantidad de

$1.243.962.289 a la cantidad de $851.113.482, sin que tampoco su

superficie construida se hubiere reducido, desde los 4.646 m2 reales

a los 3.241 m2 contenidos en la última resolución.

Luego, la reclamante hace presente, además, que, la propiedad cuyo

avalúo fiscal se reclama tiene una superficie de terreno total de

4.970 m2 y una superficie realmente construida 4.646 m2, habiéndose

invertido más de $3.700.000.000 en su construcción, valor que es

posible determinar al calcular que el costo de construcción no baja

de 30 UF por m2 construido. Por su parte agrega, el avalúo comercial

de la construcción excede los $5.350.000.000.

En apoyo de su petición la actora invoca el artículo 17° del DFL N°1

sobre Impuesto Territorial, y lo dispuesto en el artículo 150 del

Código Tributario.

Finalmente, el reclamante solicita, que se efectúe una nueva

modificación individual del avalúo del predio rol N°6643-2 de la

comuna de Rancagua, considerando la real dimensión de las

construcciones edificadas en él, avalúo que en ningún caso podrá ser

inferior a la suma de $1.243.962.289, por cuanto éste se ajusta a la

real superficie construida en el inmueble rol N°6643-2 de la comuna

de Rancagua.

En el primer otrosí de su reclamo, acompañó los siguientes

documentos fundantes:

  1. Copia autorizada de certificado de dominio vigente de la

    propiedad inscrita a fojas 6793 vuelta N°2738 del Registró de

    Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua

    correspondiente al año 1983.

  2. Copia de Certificado de Avalúo Fiscal Provisional de

    $1.243.962.289, al primer semestre de 2017, fechado el 29 de

    marzo de 2017.

  3. Copia de Notificación de Resolución EX.SII N°A06.2017.0000768,

    de 10 de abril de 2017, en el que se modifica a partir del

    01.01.2014 el avalúo del bien raíz Rol 6643-2, de $525.964.696 a

    $1.011.481.250.

  4. Copia de Notificación de Resolución EX.SII N°A06.2017.00016439

    de 04 de septiembre de 2017, por la cual se modifica a partir

    del 01.01.2016 el avalúo del bien raíz Rol 6643-2, de

    $1.022.607.906 a $851.113.482.

  5. Copia de documento denominado Detalle Catastral de una propiedad

    No Agrícola, Rol 6643-2.

  6. Copia de documento denominado "Consulta de Antecedentes de un

    Bien Raíz", de 23 de mayo del 2017, obtenido de la página web

    del Servicio de Impuestos Internos.

  7. Copia de documento denominado "Consulta de Antecedentes de un

    Bien Raíz", de 25 de octubre del 2017, obtenido de la página web

    del...

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