Sentencia de Tribunal R. Metropolitana. Cuarto, 4 de Julio de 2017 - Jurisprudencia - VLEX 689158473

Sentencia de Tribunal R. Metropolitana. Cuarto, 4 de Julio de 2017

Ruc17-9-0000304-8
Fecha04 Julio 2017
RicGS-18-00032-2017
EmisorTribunal R. Metropolitana. Cuarto (Chile)

Ochenta y ocho - 88

SII DIRECCIÓN DE GRANDES CONTRIBUYENTES con WATTS S.A.

RUC N ° 17-9-0000304-8 RIT N° GS-18-00032-2017

Santiago, cuatro de julio de dos mil diecisiete.

VISTOS:

A fojas 1, consta Oficio Res. DDJ00.00 N°09, de 11 de abril de 2017, del Jefe del Área Litigación Penal de la Subdirección Jurídica del Servicio de Impuestos Internos, que remite copia simple del Acta Denuncia N°10, de fecha 4 de abril de 2017, junto con documentación que detalla.

A fojas 2, rola Acta de Denuncia N°10, levantada con fecha 4 de abril de 2017, por doña C.F.F., F. de la Dirección de Grandes Contribuyentes del Servicio de Impuestos Internos, al contribuyente WATT’S S.A. RUT N°84.356.800-9, con giro mayorista de vinos y bebidas alcohólicas y de fantasía, sociedades de inversión y rentistas de capitales mobiliarios en general, venta al por mayor de otros productos NCP, elaboración de otros productos alimenticios no clasificados en otra parte, y ventas al por menor de otros productos en almacenes especializados N.C.P., representada legalmente por don L.F.G.M., R.N.°6.224.691-K y otros, todos domiciliados en Avda. Presidente J.A.N.°10501, San Bernardo, Santiago, por la comisión de la infracción tributaria comprendida en el artículo 97 N°4 inciso primero del Código Tributario.

A fojas 9, consta la Notificación N°320, F.N.°1670030, de fecha 4 de abril de 2017, mediante la cual se notifica el Acta de Denuncia N°10.

A fojas 52, comparece don R.V.M., gerente general, R.N.°7.819.603-3 y otro, en representación de WATT’S S.A., R.N. 84.356.800-9, quien declara que su representada con el solo fin de colaborar con el rápido término de este asunto y sin que implique un reconocimiento de responsabilidad, ha decidido no oponer defensas o descargos frente al Acta de Denuncia y, por ende, viene en allanarse, solicitando que se ordene por este Tribunal la emisión del Giro en relación a la multa que corresponda, según lo establecido en el artículo 97 N°4 del Código Tributario.

A fojas 81, consta haberse tenido por presentada el Acta de Denuncia N°10 y, además, consta haberse tenido presente el allanamiento a su respecto.

A fojas 86, consta haber quedado los autos para fallo.

CONSIDERANDO:

  1. CUESTIONES PRELIMINARES

    1. ) Que, conforme al mérito del Acta de Denuncia y de los documentos acompañados e individualizados en su capítulo III, la funcionaria denunciante procedió a levantar y notificar la referida Acta de Denuncia a la parte denunciada, por haber incurrido en infracción al artículo 97 N°4 inciso primero del Código Tributario.

    2. ) Que, de acuerdo a lo...

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