Sentencia de Tribunal de Valparaiso, 18 de Noviembre de 2016 - Jurisprudencia - VLEX 682121877

Sentencia de Tribunal de Valparaiso, 18 de Noviembre de 2016

RucGS-14-00171-2016
Fecha18 Noviembre 2016
Ric16-9-0001209-1
EmisorTribunal de Valparaiso (Chile)

SERVICIO DE ARRIENDO DE MÁQUINAS Y LAVADO DE VEHÍCULOS LUIS FERNÁNDEZ E.I.R.L.

RUT N° 76.333.712-K

Valparaíso, dieciocho de noviembre de dos mil dieciséis

VISTO:

Que a fojas 1 y siguientes compareció doña T.C.P., Directora Regional del Servicio de Impuestos Internos, en representación de la V DIRECCIÓN REGIONAL VALPARAÍSO DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS , ambas domiciliadas en Melgarejo N° 669, segundo piso, ciudad de Valparaíso, V Región, quien remitió Acta de Denuncia Nº 2, de 29 de septiembre de 2016, más antecedentes que indica, mediante la que se imputa al contribuyente, SERVICIO DE ARRIENDO DE MÁQUINAS Y LAVADO DE VEHÍCULOS L.F.E.I.R.L., RUT N° 76.333.712-K, empresa representada por don L.F.N., RUT N° 14.279.530-2, con Giro de Servicio de Lavado de Vehículos Automotores, Ventas al Por Menor de Otros Productos en Almacenes Especializados N.C.P., Alquiler de Maquinaria y Equipo de Construcción e Ingeniería Civil, Alquiler de Otros Tipos de Maquinarias y Equipos N.C.P., domiciliado en Manco Capac N° 1548, V. Los Monjes, Los Andes, V Región, haber incurrido en la infracción descrita y sancionada en el artículo 97, N° , inciso , del Código Tributario, en virtud de las siguientes consideraciones:

  1. Señala que en FISCALIZACIÓN de antecedentes efectuada por el Servicio de Impuestos Internos, se detectó que el contribuyente denunciado, en los 7 períodos mensuales de enero, febrero, marzo, abril, junio, agosto y noviembre de 2014, utilizó crédito fiscal IVA recargado en ocho (8) facturas de seis (6) presuntos proveedores , las que dan cuenta de operaciones inexistentes, con el objeto de aumentar el verdadero monto de sus créditos fiscales declarado en los respectivos formularios 29 y pagar así un Impuesto a las Ventas y Servicios menor al que estaba legalmente obligado, incurriendo de este modo en la infracción contemplada en el inciso 2° del artículo 97 N° 4° del Código Tributario.

  2. Las CONDUCTAS que se le atribuyen al denunciado son aquellas descritas y sancionadas en el artículo 97, N° , inciso , del Código Tributario.

  3. En cuanto a las CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES O

    ATENUANTES , la denunciante afirma que:

    a) Las conductas que se le atribuyen al denunciado se cometieron reiteradamente en el año comercial 2014, correspondiendo aplicar lo dispuesto en el artículo 351 del Código Procesal Penal para efecto de la determinación de la pena.

    b) El infractor no ha sido sancionado previamente por infracciones semejantes o de la misma especie, en relación a lo dispuesto en el artículo 107 del Código Tributario.

    c) La utilización de facturas falsas en la comisión del hecho punible, hace aplicable la circunstancia agravante contemplada en el artículo 111, inciso 2, del Código Tributario.

  4. El Órgano Fiscalizador atribuye al denunciado PARTICIPACIÓN en los hechos, de manera inmediata y directa en calidad de autor , realizando maliciosamente las conductas descritas en el inciso 2º, del artículo 97, N° 4º, del Código Tributario.

  5. Finalmente, se denuncia que el PERJUICIO FISCAL producido, a consecuencia de las conductas imputadas, asciende en su totalidad y actualizado, conforme el artículo 53 del Código Tributario, a la suma de $ 7.966.876.

    Que a fojas 35, consta certificación de que la parte denunciada no formuló DESCARGOS , por lo que conforme lo ordenado en el numeral 4º, del artículo 161 del Código Tributario, se procedió a dictar derechamente Autos para Fallo.

    Los antecedentes del proceso:

    A fojas 33, el Tribunal decreta Previo a Proveer.

    A fojas 35, Certificación Secretaria del Tribunal.

    A fojas 36, escrito de la denunciante asumiendo representación y confiriendo patrocinio y poder, el que se proveyó a fojas 37.

    A fojas 39, se tiene por presentada el Acta de Denuncia y por acompañados antecedentes.

    A fojas 39, Autos para Fallo.

    A fojas 41, Certificación Custodia 118-2016.

    A fojas 42, escrito de la denunciante solicitando se tenga presente, el que se proveyó a fojas 43.

    Los documentos siguientes:

    A fojas 1, Oficio N°746; a fojas 2, copia documento emitido por el Director del Servicio de Impuestos Internos; a fojas 3 a 16, Acta de Denuncia N°2; a fojas 17, Notificación N°1501738; a fojas 18 a 29, Informe N°003; a fojas 30 a 31, Índice Carpeta de Pruebas Adjunta; a fojas 32, Í. de archivo no escaneable, Custodia N°118-2016.

    CONSIDERANDO:

  6. Que a fojas 1, compareció la parte denunciante antes individualizada, en virtud de Acta de Denuncia remitida a este Tribunal, para la aplicación de la sanción pecuniaria por los ilícitos previstos en el artículo 97, N° , inciso , del Código Tributario, conforme a las consideraciones antes ya referidas y a las cuales nos atenemos.

  7. Que según consta de certificación de fojas 35, la parte denunciada no...

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