Resolución de Tribunal de la Propiedad Industrial, de 11 de Noviembre de 2014 (Rol Nº 001423-2014)
Fecha de Resolución | 11 de Noviembre de 2014 |
Emisor | Tribunal de Propiedad Industrial |
Santiago, once de noviembre del año dos mil catorce.
Vistos:
A fojas 1, se solicitó el registro de la marca denominativa “YPAREX” por
Y.B.V., para distinguir resinas artificiales no procesadas, plásticos no
procesados; resinas y plásticos adhesivos; adhesivos usados en la industria,
de la clase 1;
A fojas 18, en ejercicio de la facultad conferida por el artículo 22 de la Ley
19.039, el Director Nacional del Instituto Nacional de Propiedad Industrial
por resolución de fecha quince de abril del año dos mil catorce, rechazó de
oficio dicho registro fundado en el artículo 19 y en las causales de
irregistrabilidad contenidas en las letras f) y h) del artículo 20 de la Ley de
Propiedad Industrial, por el registro inscrito bajo el N° 737.937,
correspondiente a la marca denominativa “PAREX”, que distingue, entre
otros, catalizadores usados en los procesos de separación y recuperación de
praxileno y todos los demás productos de la clase 1, la que pertenece a UOP
LLC;
Con lo relacionado y considerando,
Que, el rechazo se funda en las semejanzas gráficas y
fonéticas determinantes de los signos, y las que se presten para inducir en
confusión, error o engaño respecto de la procedencia o cualidad de los
productos, impidiendo su adecuada concurrencia mercantil;
Que, no se advierte colisión de cobertura entre los campos
operativos del signo solicitado con respecto a la marca fundante del rechazo
de oficio, ya que la solicitante ha requerido productos específicos de la clase
1, por lo que atendido el principio de especialidad de las marcas, su
coexistencia no inducirá en confusión, error o engaño a los consumidores
respecto a la procedencia empresarial de los productos a distinguir; y,
Que, por lo precedentemente expuesto, cabe estimar
atendibles los fundamentos del recurso de apelación deducido a fojas 26.
Por tanto y de acuerdo con lo previsto en los artículos 16, 17 bis B), 19, 20
letras f) y h), 22 y 23 de la Ley de Propiedad Industrial, 186 y siguientes del
Código de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba