Resolución de Tribunal de la Propiedad Industrial, de 25 de Febrero de 2015 (Rol Nº 002492-2014)
Fecha de Resolución | 25 de Febrero de 2015 |
Emisor | Tribunal de Propiedad Industrial |
Santiago, veinticinco de febrero del año dos mil quince.
Vistos:
A fojas 1, se solicitó el registro de la marca mixta “RED SALUD CLINICAARAUCO SALUD CENTRO MEDICO” por Arauco
Salud Limitada, para distinguir servicios de seguros. Servicios de información
y suscripción de seguros. Servicios de corretaje de seguros de salud.
Servicios de seguros de accidentes. Servicios de contratación de seguros de
vida, seguros médicos. servicios de consultas e informaciones en materia de
seguros tales como servicios de seguros de accidentes, seguros de incendio,
seguros de salud, seguros de vida; seguros de accidentes; corretaje de
seguros, de la clase 36;
A fojas 46, en ejercicio de la facultad conferida por el artículo 22 de la Ley
19.039, el Director Nacional del Instituto Nacional de Propiedad Industrial
por resolución de fecha trece de agosto del año dos mil catorce, rechazó de
oficio dicho registro fundado en el artículo 19 y en las causales de
irregistrabilidad contenidas en las letras f) y h) del artículo 20 de la Ley de
Propiedad Industrial, por el registro inscrito bajo el N° 914.598,correspondiente a la marca mixta “ARAUCO” , que distingue
servicios financieros y monetarios, en particular servicios de fondos mutuos,
de inversiones, de crédito de emisión y uso de tarjetas de crédito y débito
de corredores de valores y bienes, de agencias de casas de cambio, de
operaciones de cambio y moneda; de transferencia electrónica de fondos,
de transacciones eléctricas; servicios de análisis financiero; consultas en
materia financiera, informaciones financieras, peritajes fiscales, valores
fiscales; valoraciones fiscales; tasaciones financieras; servicios de banca
directa (homebanking); depósitos de cajas-fuertes; emisión de bonos de
valores; emisión de cheques de viaje; servicios de agencia de aduana;
agencia de cobre de deudas; agencia de crédito; servicios de instituciones
de crédito que no sean bancos, tales como asociaciones de crédito,
compañías financieras individuales y prestamistas servicios de "trust de
inversión", de las compañías "holding" y de inversión de fondos, servicios de
cajas de pago de jubilaciones, cajas de previsión, servicios de administración
de fondos de pensiones; administración de capitales; constitución de
capitales; inversión de capitales; servicios de instituciones bancarias, de
ahorro y compañías de seguros; corretaje de seguros; servicios prestados a
los aseguradores y a los asegurados...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba