Resolución de Tribunal de la Propiedad Industrial, de 15 de Abril de 2015 (Rol Nº 000207-2015)
Fecha de Resolución | 15 de Abril de 2015 |
Emisor | Tribunal de Propiedad Industrial |
Santiago, quince de abril del año dos mil quince.
Vistos:
A fojas 1, se solicitó el registro de la marca “BETTERLIFE” por J.M.
Limitada, para distinguir: ”Establecimiento Comercial de compra y venta de
productos de acondicionado (instalaciones de aire -); agua (aparatos para filtrar el
-); agua (calentadores de -) [aparatos]; aire (aparatos y máquinas para purificar el
-); aire (dispositivos para el enfriar el -); aire acondicionado (aparatos de -); aire
acondicionado (instalaciones de -); aire caliente (aparatos de -); alfombras
electrotérmicas; bebidas (aparatos para enfriar -); café (filtros de -) eléctricos;
cafeteras eléctricas; calderas de calefacción; calefacción (aparatos de -) eléctricos;
calefacción (calderas de -); calefacción (instalaciones de -); calefacción central
(radiadores de -); calefacción por agua caliente (instalaciones de -); calentadores
(filamentos eléctricos -); calentadores de agua *; calentadores de agua [aparatos];
calentadores de cama; calientacamas; campanas de ventilación; campanas
extractoras para cocinas; climatización (aparatos de -); climatización (instalaciones
de -); cocción (utensilios de -) eléctricos; cocinas [aparatos]; congeladores;
Convector (Intercambiador térmico); eléctricos (radiadores -); estufas [aparatos de
calefacción]; freidoras eléctricas; heladeras *; hervidores eléctricos; hornos de
microondas [aparatos de cocina]; hornos domésticos [hornillos]; mantas eléctricas
que no sean para uso médico; neveras *; ollas a presión eléctricas; pan (máquinas
para hacer -); pan (tostadores de -); pelo (secadores de -); placas de calefacción;
purificar el aire (aparatos y máquinas para -); rayos ultravioleta (lámparas de -)
que no sean para uso médico; refrigeradores; sauna (instalaciones de -);
secadoras de ropa eléctricas; secadores [aparatos]; secadores de pelo; tostadoras
de café; tostadores; tostadores de pan; ultravioleta (lámparas de rayos -) que no
sean para uso médico; utensilios de cocción eléctricos; ventilación [climatización]
(aparatos de -); ventiladores; ventiladores [climatización]; ventiladores eléctricos
para uso personal; yogurteras eléctricas; clase 11, en la Región Metropolitana”;
A fojas 15, en ejercicio de la facultad conferida por el artículo 22 de la Ley 19.039,
el Director Nacional del Instituto Nacional de Propiedad Industrial por resolución de
fecha cinco de noviembre del año dos mil catorce, rechazó de oficio dicho registro
fundado en el artículo 19 y en las causales de irregistrabilidad contenidas en las
letras f) y h) del...
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