Resolución de Tribunal de la Propiedad Industrial, de 9 de Julio de 2015 (Rol Nº 001130-2015)
Fecha de Resolución | 9 de Julio de 2015 |
Emisor | Tribunal de Propiedad Industrial |
Santiago, nueve de julio del año dos mil quince.
Vistos:A fojas 1, se solicitó el registro de la marca mixta “CENTRO ICTUS”
por Centro Ictus Limitada, para distinguir servicios de las clases 35, 41, 42, 44 y
45;
A fojas 77, en ejercicio de la facultad conferida por el artículo 22 de la Ley 19.039,
el Director Nacional del Instituto Nacional de Propiedad Industrial por resolución de
fecha veintiséis de enero del año dos mil quince, rechazó parcialmente de oficio
dicho registro, para distinguir “agencias de publicidad; agencias de relaciones
públicas; asesoramiento en dirección de empresas; asistencia en gestión de
personal; asistencia en marketing; colocación de personal; consultoría en gestión
corporativa; consultoría en materia de recursos humanos; consultoría en
organización y dirección de negocios; consultoría profesional en gestión de
recursos humanos; consultoría sobre relaciones públicas; Diseño y desarrollo de
imagen corporativa; evaluación de necesidades de personal; gestión de las
relaciones con los clientes; gestión de personal; gestión de recursos humanos;
marketing; marketing y actividades promocionales en relación con la
administración y gestión de negocios comerciales; personal (selección de -);
planificación empresarial estratégica (planificación estratégica empresarial);
recursos humanos (consultoría en materia de -); relaciones públicas; selección de
personal; servicios de marketing”, clase 35; y “academias [educación];
capacitación profesional; coaching [formación]; consultoría en formación y
perfeccionamiento; consultoría en materia de formación, formación continua y
educación; formación e instrucción; formación práctica [demostración]; impartición
de cursos de formación para terceros; orientación profesional [asesoramiento en
educación o formación]; preparación, celebración y organización de talleres
(simposios, congresos, conferencias, conciertos, coloquios, seminarios);
publicación de libros electrónicos y publicaciones periódicas en Internet;
publicación de material impreso y revistas (publicación de material impreso no
publicitario); servicios de educación e instrucción; servicios de formación
profesional; servicios de formación, educación y enseñanza”, clase 41; fundado en
el artículo 19 y en las causales de irregistrabilidad contenidas en las letras f) y h)
del artículo 20 de la Ley de Propiedad Industrial, por los registros inscritos bajo el
N° 798.432 y N° 798.435, correspondientes...
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