Más de 60 mil trabajadores acogidos a ley del empleo completarán este mes su último giro - 25 de Agosto de 2020 - El Mercurio - Noticias - VLEX 847439479

Más de 60 mil trabajadores acogidos a ley del empleo completarán este mes su último giro

La pandemia que enfrenta el país ha paralizado gran parte del funcionamiento de la economía local. Cuestión que ha llevado a que casi 2 millones de trabajadores perdieran sus puestos de trabajo. La cifra, según han mostrado las encuestas laborales, sería mucho mayor de no haberse implementado la Ley de Protección del Empleo, a la cual se acogieron más de 700 mil trabajadores.La norma permite que, dada una decisión de la autoridad o un pacto entre el empleador y el trabajador, se pueda suspender temporalmente el contrato de trabajo. Pero, además, permite que el trabajador suspendido pueda percibir sus ingresos desde el seguro de cesantía. "En el caso de la ley 21.227 (protección del empleo), dado que su vigencia expira el 6 de octubre, el máximo de giros son 5, en la medida que el trabajador haya partido con la suspensión desde el 6 de abril, fecha de vigencia de la ley", explica el exdirector del Trabajo, Marcelo Albornoz. Para el caso de los trabajadores con contrato a plazo fijo, la ley establece un máximo de tres giros.Así, dado el efecto retroactivo que tiene la norma (a partir de marzo), durante este mes serán miles los trabajadores que recibirán o completaron el último giro permitido. Según datos proporcionados por la Superintendencia de Pensiones, a la fecha 2.532 personas con contrato indefinido se encuentran ya en su quinto pago. Mientras que 59.986 trabajadores con contrato a plazo fijo, ya han recibido su tercer pago. Así, 62.518 personas cobrarán la última transferencia este mes.Pero ¿qué pasa si se terminan los giros? Desde el Ministerio del Trabajo explican que si ocurre esto y no se ha terminado la imposibilidad de volver al trabajo por orden de autoridad o porque el acuerdo con el empleador sigue vigente, se mantiene la suspensión y el empleador debe seguir pagando las cotizaciones, aunque no se tendrá derecho a más pagos del Seguro de Cesantía.Albornoz precisa que terminan los giros porque la vigencia de la ley finaliza el 6 de octubre, salvo que se apruebe el proyecto de ley sobre extensión de las prestaciones que actualmente se discute en el Congreso y se verá en comisión mixta. "Legalmente, hasta el 6 de octubre un trabajador puede permanecer con el contrato suspendido. En este momento, el trabajador puede volver a trabajar o la otra opción es que el empleador ponga término al contrato. Estimo que la única causal de despido sería por necesidades de la empresa lo que genera el pago de indemnizaciones por años de...

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