Sentencia nº Rol 751 de Tribunal Constitucional, 9 de Enero de 2008 - Jurisprudencia - VLEX 58941953

Sentencia nº Rol 751 de Tribunal Constitucional, 9 de Enero de 2008

Fecha09 Enero 2008
MateriaDerecho Constitucional

Santiago, nueve de enero de dos mil ocho.

VISTOS Y CONSIDERANDO:

  1. Que el abogado señor Jorge Rathgeb Schifferli, en representación de don J.P.M., ha deducido un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 116 del Código Tributario, en relación con los autos sobre recurso de apelación deducido en contra de sentencia de primera instancia, Rol Nº 1314/2006, de los que conoce actualmente la Corte de Apelaciones de Temuco;

  2. Que el Presidente del Tribunal ordenó que se diera cuenta del requerimiento de inaplicabilidad deducido en la Primera Sala para que se pronunciara sobre su admisibilidad;

  3. Que el artículo 93, inciso primero, Nº 6º, de la Constitución Política señala que es atribución de este Tribunal “resolver, por la mayoría de sus miembros en ejercicio, la inaplicabilidad de un precepto legal cuya aplicación en cualquier gestión que se siga ante un tribunal ordinario o especial, resulte contraria a la Constitución”;

  4. Que la acción de inaplicabilidad instaura un proceso dirigido a examinar la constitucionalidad de un precepto legal cuya aplicación en una gestión pendiente que se siga ante un tribunal ordinario o especial, resulte contraria a la Constitución. En consecuencia, la inaplicabilidad es un medio de accionar en contra de la aplicación de normas legales determinadas, que naturalmente se encuentran vigentes mientras no conste su derogación, que hayan sido invocadas en una gestión judicial y que puedan resultar derecho aplicable en la causa en que inciden;

  5. Que, para los efectos de declarar la admisibilidad de la cuestión sometida a su conocimiento, y al tenor del artículo 93, Nº 6, ya citado, así como de su inciso undécimo, esta S. debe determinar que concurran los siguientes requisitos: a) que exista una gestión pendiente ante un tribunal ordinario o especial; b) que la aplicación del precepto legal en cuestión pueda resultar decisiva en la resolución de un asunto; c) que la impugnación esté fundada razonablemente; y d) que se cumplan los demás requisitos legales;

  6. Que, por sentencia de 26 de marzo de 2007, en el Rol Nº 681, este Tribunal, en ejercicio de su potestad contemplada en el Nº 7 del artículo 93 de la Carta Fundamental, declaró inconstitucional, con efectos erga omnes y alcance irretroactivo, el artículo 116 del Código Tributario, sentencia que fue publicada en el Diario Oficial de 29 de marzo de 2007;

  7. Que analizados, en este contexto, los requisitos de admisibilidad indicados en el...

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