Decisión nº C936-12, de Consejo de Transparencia de 3 de Octubre de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 539923950

Decisión nº C936-12, de Consejo de Transparencia de 3 de Octubre de 2012

Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2012
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaGestión y administración territorial (Urbanismo)

DECISIÓN AMPARO ROL C936-12

Entidad pública: Municipalidad de Panquehue

Requirente: Máximo Rubio Parada

Ingreso Consejo: 27.06.2012

En sesión ordinaria Nº 377 del Consejo Directivo, celebrada el 3 de octubre de 2012, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C936-12.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285 y Nº 19.880; lo previsto en el D.F.L. Nº 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575; y los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 17 de mayo de 2012, don Máximo Rubio Parada solicitó a la Municipalidad de Panquehue copia de los documentos que acrediten la propiedad de la sepultura Nº 445, del Cementerio Municipal de dicha comuna.

2) RESPUESTA: El 18 de junio de 2012, la Municipalidad de Panquehue respondió a dicho requerimiento de información, mediante el Oficio N° 426, de 15 de junio de 2012, adjuntando copia de los memorándums Nos. 09 y 10, emitidos por el Administrador del Cementerio Municipal, Sr. Marco Muñoz Ahumada.

a) A través del memorándum N° 09, de 12 de junio de 2012, se informa al solicitante que:

i. Analizada la carpeta de la sepultura N° 445, se aprecia que el nombre de la responsable es doña María Cecilia del Carmen Tapia Escobar, identificando Tipo de Sepultura Individual, con situación de pago, sin pago tarjado y abajo con detalle pagado. Indica las medidas de la sepultura de 1,00 x 2,92 m2 (sic). Además se consigna el nombre de una persona fallecida, de acuerdo al Libro N° 2, registro 581 del Libro de Cementerio Municipal.

ii. Se informa que la sepultura N° 445, tiene las medidas de una sepultura individual y no familiar y que su regularización se encuentra condicionada a un litigio de carácter familiar.

b) Por el memorándum N° 10, de 12 de junio de 2012, se entrega al solicitante los siguientes documentos:

i. Certificado del Administrador del Cementerio Municipal, de 11 de junio de 2012, que indica que la sepultura Nº 445, se encuentra a nombre de doña María Cecilia del Carmen Tapia Escobar, y;

ii. Documentos de la carpeta respectiva (hoja de costos de valor de sepultura; ficha de la sepultura Nº 445 y las ordenes de ingreso municipal Nº 35003, de 25 de febrero de 2000, Nº 35050, de 19 de mayo de 2000 y Nº 37696, de 10 de noviembre 2000).

3) AMPARO: El 27 de junio de 2012, don Máximo Rubio Parada dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR