Decisión nº C524-11, de Consejo de Transparencia de 5 de Agosto de 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 539923886

Decisión nº C524-11, de Consejo de Transparencia de 5 de Agosto de 2011

Fecha de Resolución 5 de Agosto de 2011
TipoDocumentos Oficiales
MateriaDesarrollo y Gestión Institucional
TemaGrupos de interés especial

DECISIÓN AMPARO C524-11

Entidad Publica: Insituto de Previsión Social

Requirente: María Piteau del Canto

Ingreso Consejo: 29.04.2011

En sesión ordinaria N° 271 de su Consejo Directivo, celebrada el 5 de agosto de 2011, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo Rol C524-11.

VISTOS:

Los artículos inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la Ley N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1 – 19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y, los D.S. N° 13/2009 y 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante indistintamente el Reglamento y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 14 de marzo de 2011 doña María Piteau del Canto requirió a la Municipalidad de Santo Domingo copia de los estatutos y de la lista de socios fundadores de la Agrupación de Discapacitados “La Familia”, la que se encuentra registrada en el libro Nº 2, personalidad jurídica Nº 115, de 11 de octubre de 2004.

2) AUSENCIA DE RESPUESTA Y AMPARO: Doña María Piteau del Canto dedujo amparo a su derecho de acceso a la información el 29 de abril de 2011 en contra de la Municipalidad de Santo Domingo, fundada en el hecho de no haber recibido respuesta a su solicitud dentro del plazo legal establecido en el artículo 14 de la Ley de Transparencia, sin que tampoco se le haya notificado la prórroga del plazo en conformidad con el inciso 2º de la norma legal citada.

3) SALIDA ANTICIPADA DE RESOLUCIÓN DE AMPAROS: El Consejo Directivo del Consejo para la Transparencia, en sesión ordinaria Nº 242, de 3 de mayo de 2011, acordó derivar el caso a la Unidad de Promoción y Clientes, a efectos de alcanzar una solución anticipada al presente amparo. Producto de las gestiones realizadas ante la municipalidad reclamada, ésta remitió a este Consejo, el 4 de mayo de 2011, copia de los estatutos de la Agrupación de Discapacitados “La Familia”, señalando que no posee la información restante, esto es, lista de los socios fundadores de la mencionada agrupación.

4) AUSENCIA DE DESCARGOS U OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: El Consejo Directivo de este Consejo acordó admitir a tramitación este amparo trasladándolo, mediante Oficio Nº 1.231, de 25 de mayo de 2011, al Sr. Alcalde de la Municipalidad de Santo Domingo, requiriéndole que acompañara los documentos por los cuales se acreditara haber notificado a la reclamante de la entrega de la copia de los estatutos solicitados, y que se refiriera, específicamente, en sus descargos, a aquella información que no le fue proporcionada, esto es, la lista de socios fundadores de la Agrupación de Discapacitados “La Familia”. Que, hasta esta fecha, no consta que la Municipalidad reclamada haya evacuado sus descargos y observaciones en el presente amparo.

Y CONSIDERANDO:

1) Que...

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