Decisión nº C1796-12, de Consejo de Transparencia de 8 de Marzo de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 539922974

Decisión nº C1796-12, de Consejo de Transparencia de 8 de Marzo de 2013

Fecha de Resolución 8 de Marzo de 2013
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaSalud

DECISIÓN AMPARO ROL C1796-12

Entidad pública: Municipalidad de El Quisco

Requirente: Raquel Salinas Bascur

Ingreso Consejo: 24.12.2012

En sesión ordinaria Nº 417 del Consejo Directivo, celebrada el 8 de marzo de 2013, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C1796-12.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285 y Nº 19.880; lo previsto en el D.F.L. Nº 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575; y los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUDES DE ACCESO: Doña Raquel Salinas Bascur presentó en la Municipalidad de El Quisco las siguientes dos solicitudes de información en las fechas que se indican:

a) El 29 de octubre de 2012 solicitó una serie de documentos relativos a la estación médica de Altos de Zañartu

b) El 7 de noviembre de 2012, solicitó la siguiente información:

i. Copia de los libros de asistencia y novedades de la estación médica de Altos de Zañartu, desde octubre de 2007 a octubre de 2012;

ii. Copia completa de los expedientes de todas las investigaciones realizadas a raíz de las solicitudes de defensa realizadas por los funcionarios que indica, según cartas adjuntas. Solicita que la respuesta venga en oficios separados; y,

iii. Listado de funcionarios autorizados para conducir vehículos municipales el 22 de octubre de 2012 y certificado de capacidad legal del funcionario don Manuel González Campos para conducir un vehículo fiscal en esa fecha, dado que un vecino informó que el funcionario tiene su licencia de conducir retenida por un año.

2) RESPUESTAS: La Municipalidad de El Quisco, respondió las solicitudes de acceso, a través de los siguientes documentos:

a) La solicitud de información de 29 de octubre de 2012, fue respondida mediante los memorandos 456 y 457, ambos de 28 de noviembre de 2012, del Departamento de Salud Municipal.

b) En cuanto a la solicitud de información de 7 de noviembre de 2012, dio respuesta del siguiente modo:

i. Respecto de la copia de los libros de asistencia y novedades de la estación médica de Altos de Zañartu, el punto 2 del precitado memorando 456, de 28 de noviembre de 2012, señala que debido a que la Posta de Salud de Altos de Zañartu no ha sido reconocida formalmente por el Ministerio de Salud, toda la información requerida durante el periodo señalado, octubre 2007 a la fecha, se ha centralizado en el Consultorio de El Quisco, actualmente CESFAM. Es así como los funcionarios asignados a la referida Posta firman su asistencia en el CESFAM antes de subir o ser trasladados a Altos de Zañartu. El libro de novedades es llenado también en el CESFAM de El Quisco, como una manera de contar con información en forma oportuna para resolver...

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