Decisión nº C1436-12, de Consejo de Transparencia de 10 de Octubre de 2012
Fecha de Resolución | 10 de Octubre de 2012 |
Tipo | Documentos Oficiales |
Materia | Funciones y Actividades Propias del órgano |
Tema | Salud |
DECISIÓN AMPARO ROL C1436-12
Entidad pública: Hospital Padre Alberto Hurtado.
Requirente: Carmen Muñoz Ibañez.
Ingreso Consejo: 04.10.2012.
En sesión ordinaria N° 379 de su Consejo Directivo, celebrada el 10 de octubre de 2012, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C1436-12.
Los artículos 5º, inc. 2º, 8° y 19 Nº 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
1) Que, con fecha 27 de septiembre de 2012, doña Carmen Muñoz Ibañez realizó una presentación ante el Hospital Padre Alberto Hurtado, requiriendo:
a) Copia de su ficha clínica, en la que se contenga su historia médica desde que es atendida en ese establecimiento; e,
b) Información académica y laboral de los profesionales Dra. Anastasiadys Le Roy y Dr. Gonzalo Contreras.
2) Que, con fecha 04 de octubre de 2012, doña Carmen Muñoz Ibañez dedujo amparo a su derecho de acceso a la información pública ante este Consejo, en contra del Hospital Padre Alberto Hurtado, fundado en que:
a) No se entregaron antecedentes laborales de los médicos;
b) Se le entregó de manera incompleta su ficha médica.
Además, marcó los siguientes casilleros del formulario tipo por eventual infracción al derecho de acceso a la información pública que este Consejo pone a disposición...
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