Decisión nº C1275-12, de Consejo de Transparencia de 10 de Octubre de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 539922282

Decisión nº C1275-12, de Consejo de Transparencia de 10 de Octubre de 2012

Fecha de Resolución10 de Octubre de 2012
TipoDocumentos Oficiales

DECISIÓN AMPARO ROL C1275-12

Entidad pública: Servicio de Cooperación Técnica (SERCOTEC).

Requirente: Moisés Sánchez Riquelme.

Ingreso Consejo: 30.08.2012.

En sesión ordinaria Nº 379 de su Consejo Directivo, celebrada el 10 de octubre de 2012, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C1275-12.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285 y Nº 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos; lo previsto en el D.F.L. Nº 1-19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575; y los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 11 de julio 2012, don Moisés Sánchez Riquelme realizó una presentación al Servicio de Cooperación Técnica (SERCOTEC), en la cual solicitó la siguiente información:

a) ¿Tiene el órgano una base de datos personales definida en la Ley N° 19.628?;

b) En caso positivo, ¿cuántas bases de datos personales maneja o trata el órgano o servicio?;

c) ¿Cuál es el número de personas contenidas en cada base de datos personales que maneja o trata el órgano?;

d) De acuerdo al artículo 12 de la Ley N° 19.628, ¿algún titular ha solicitado información sobre sus datos personales en el último año?;

e) ¿Dispone el órgano de formularios en la Oficina de Información y/o en la página Web, para ejercer los derechos a acceder a sus propios datos, de rectificación o modificación...

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