Decisión nº C622-11, de Consejo de Transparencia de 26 de Agosto de 2011
Fecha de Resolución | 26 de Agosto de 2011 |
Tipo | Documentos Oficiales |
Materia | Administración y Logística |
Tema | Obras Públicas (Vialidad) |
DECISIÓN AMPARO C622-11
Entidad Publica: Dirección de Obras Hidráulicas del Ministerio de Obras Públicas
Requirente: José Tomás Fuentealba Pinto
Ingreso Consejo: 24.05.2011
En sesión ordinaria N° 277 de su Consejo Directivo, celebrada el 26 de agosto de 2011, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo Rol C622-11.
Los artículos 5° inc. 2°, 8° y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la Ley N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1 – 19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y, los D.S. N° 13/2009 y 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante indistintamente el Reglamento y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
1) SOLICITUD DE ACCESO: El 9 de mayo de 2011 don José Tomas Fuentealba Pinto requirió a la Dirección de Obras Hidráulicas del Ministerio de Obras Públicas –en adelante también DOH-, le entregara información relativa al personal de mantenimiento, operación y vigilancia de la Bocatoma de Coirón, solicitando, específicamente, información de los funcionarios de la DOH o de la Dirección de Obras Públicas o, en su defecto, Contratos u órdenes de compras o Resoluciones de Adjudicación o extensiones de contratos en el caso de haberse externalizado el mantenimiento, operación y vigilancia de la Bocatoma de Coirón (instalación DOH perteneciente al Sistema Choapa – Corrales) para los períodos de enero y marzo de los años 2008, 2009 y 2010.
2) RESPUESTA: La Dirección de Obras Hidráulicas de Coquimbo respondió a dicho requerimiento mediante carta de 13 de mayo de 2011, a través de la cual se le indicó al reclamante que lo consultado se encuentra debidamente respondido a través de Oficio DOH Nº 2872, de 20 de diciembre de 2010, reiterándole que la Dirección Regional reclamada no cuenta con los recursos materiales suficientes (recursos humanos, financieros y operativos) para confeccionar el catastro de dicha información, configurándose de esta forma la causal de secreto o reserva establecida en el artículo 21 Nº 1 letra c) de la Ley de Transparencia, ya que atender dicho requerimiento implicaría destinar personal, de modo tal que se configuraría la distracción de sus funciones.
3) AMPARO: Don José Tomás Fuentealba Pinto dedujo amparo a su derecho de acceso a la información el 24 de mayo de 2011 en contra de la Dirección de Obras Hidráulicas de Coquimbo, fundado en que había recibido una respuesta negativa a su solicitud de información, por cuanto el órgano reclamado invocó la causal de secreto establecida en el articulo 21 Nº 1 letra c) de la Ley de Transparencia, ya que no contaría con los recursos materiales suficientes (recursos humanos, financieros y operativos) para confeccionar el catastro de la información solicitada. Agrega que el Director del Servicio niega insistentemente la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba