Decisión nº C800-12, de Consejo de Transparencia de 7 de Septiembre de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 539922002

Decisión nº C800-12, de Consejo de Transparencia de 7 de Septiembre de 2012

Fecha de Resolución 7 de Septiembre de 2012
TipoDocumentos Oficiales
MateriaCompras y Licitaciones
TemaGestión y administración territorial (Urbanismo)

DECISIÓN AMPARO ROL C800-12

Entidad pública: Municipalidad de Tirúa

Requirente: Richard Montaña Guerra

Ingreso Consejo: 28.05.2012

En sesión ordinaria Nº 371 del Consejo Directivo, celebrada el 7 de septiembre de 2012, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C800-12.

VISTOS:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285 y Nº 19.880; lo previsto en el D.F.L. Nº 1-19.653, del año 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575; y los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 20 de abril de 2012, don Richard Montaña Guerra solicitó a la Municipalidad de Tirúa, en adelante la Municipalidad, copia digitalizada del estudio para la optimización del transporte escolar de la comuna, cuya contratación se convocó el año 2011, y copia de la resolución fundada y/o contrato y/o orden de compra (www.mercadopublico.cl) que sancionó esta contratación, donde se indique el valor cancelado, el nombre del profesional ejecutor y los plazos de ejecución del estudio.

2) AUSENCIA DE RESPUESTA Y AMPARO: El 28 de mayo de 2012, don Richard Montaña Guerra dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del señalado órgano del Estado, fundado en la ausencia de respuesta a su solicitud. Además acompañó una impresión de la versión digital del diario “El Sur” de Concepción, donde sin indicación de fecha, figura un aviso publicado por la Municipalidad reclamada que señala: “Se necesita contratar a honorarios profesional de área de la ingeniería que efectúe un estudio de optimización del transporte escolar para la comuna de Tirúa, el que debe ser presentado a más tardar el 15 de diciembre”.

3) SUBSANACIÓN DEL AMPARO: Conforme a lo previsto en el artículo 46 inciso segundo del Reglamento de la Ley de Transparencia, este Consejo solicitó al reclamante, mediante oficio N° 2.075, de 11 de junio de 2012, subsanar su reclamación en el sentido de acompañar copia del correo electrónico dirigido a la Municipalidad de Tirúa, a través del cual habría remitido el formulario de solicitud de información con su consulta. Con fecha 14 de junio de 2012, el reclamante remitió la constancia solicitada.

4) DESCARGOS Y...

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