Decisión nº C229-13, de Consejo de Transparencia de 19 de Abril de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 539921582

Decisión nº C229-13, de Consejo de Transparencia de 19 de Abril de 2013

Fecha de Resolución19 de Abril de 2013
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaRelaciones exteriores

DECISIÓN AMPARO ROL C229-13

Entidad pública: Ministerio del Interior y Seguridad Pública

Requirente: Ana Valencia Angulo

Ingreso Consejo: 20.02.2013

En sesión ordinaria N° 427 del Consejo Directivo, celebrada el 19 de abril de 2013, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C229-13.

VISTOS:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del año 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; Decreto Ley N° 1.094, que Establece Normas sobre Extranjeros en Chile; D.F.L. N°1-19.175, de 2005, del Ministerio del Interior que fijó el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la Ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 20 de enero de 2013, doña Ana Valencia Angulo, dirigiéndose al Departamento de Extranjería y Migración, solicitó a través del formulario en línea del Ministerio del Interior y Seguridad Pública (en adelante el Ministerio), lo siguiente: “…copia íntegra del expediente de mi caso ante el Departamento de Extranjería”. Agregó que su nacionalidad era colombiana y que requería dicha información de manera urgente para regularizar su situación migratoria en el país.

2) AUSENCIA DE RESPUESTA Y AMPARO: El 20 de febrero de 2013, doña Ana Valencia Angulo dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del Ministerio, fundado en no haber recibido respuesta a su solicitud de información.

3) SALIDA ANTICIPADA DE RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS (SARC): En la sesión ordinaria N° 413, celebrada el 26 de febrero de 2013, este Consejo Directivo acordó admitir a tramitación el presente amparo y derivarlo a la Unidad de Análisis de Admisibilidad y SARC de esta Corporación, a fin de realizar las gestiones necesarias para obtener por parte del Ministerio, la información solicitada por la peticionaria. Mediante correo electrónico del 5 de marzo de 2013, el órgano aceptó acogerse a este procedimiento, haciendo presente que a través del oficio N° 3.236 de 18 de febrero de 2013, respondió la solicitud de información de la reclamante dentro de los plazos establecidos en la Ley de Transparencia. En el referido oficio se le indicaba a la solicitante que su requerimiento de información sería derivado –mediante ese mismo documento– a la Gobernación Provincial de Ñuble, debido a que el expediente solicitado se encontraba en dicha institución. Atendido que en la distribución del oficio en cuestión figuraba la Gobernación Provincial de Iquique y no la de Ñuble, este Consejo procedió a solicitar al Ministerio que remitiera el seguimiento de correos del oficio N° 3.236, a fin de verificar que tanto la respuesta a la solicitante como la derivación a la Gobernación Provincial de Ñuble hubiesen sido despachadas y entregadas a sus...

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