Decisión nº C1672-12, de Consejo de Transparencia de 30 de Enero de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 539921458

Decisión nº C1672-12, de Consejo de Transparencia de 30 de Enero de 2013

Fecha de Resolución30 de Enero de 2013
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaEducación

DECISIÓN AMPARO ROL C1672-12

Entidad pública: Departamento Provincial de Educación de Huasco.

Requirente: Eusebio Rivera Muñoz.

Ingreso Consejo: 03.12.2012.

En sesión ordinaria N° 409 del Consejo Directivo, celebrada el 30 de enero de 2013, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C1672-12.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, el 18 de octubre de 2012, don Eusebio Rivera Muñoz realizó una presentación ante el Departamento Provincial de Educación de Huasco, requiriendo el listado de colegios dependientes de dicho órgano que estarían dando cumplimiento al Decreto Supremo de Educación 924/83 y efectuando clases de religión Fe Evangélica, detallando además, el número de horas de clases que se efectúan en cada colegio y en qué horario se realizan.

2) Que, con fecha 03 de diciembre de 2012, don Eusebio Rivera Muñoz dedujo ante este Consejo amparo a su derecho de acceso a la información pública, en contra del Departamento Provincial de Educación de Huasco, fundado en la falta de respuesta a su presentación.

3) Que, este Consejo acordó en su sesión ordinaria N° 397, de 14 de diciembre de 2012, admitir a tramitación el presente amparo y derivarlo a la Unidad de Análisis de Admisibilidad y SARC de esta...

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