Decisión nº C572-09, de Consejo de Transparencia de 23 de Diciembre de 2009 - Doctrina Administrativa - VLEX 539920678

Decisión nº C572-09, de Consejo de Transparencia de 23 de Diciembre de 2009

Fecha de Resolución23 de Diciembre de 2009
TipoDocumentos Oficiales
MateriaGestión de Personas
TemaSalud, Economía y Finanzas

DECISIÓN AMPARO C572-09

Entidad Publica: Intendencia Metropolitana

Requirente: Jaime Imillan Álvarez

Ingreso Consejo: 10.12.2009

En sesión ordinaria N° 114 de su Consejo Directivo, celebrada el 23 de diciembre de 2009, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo Rol C572-09.

VISTOS:

El artículo 8° de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285 y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que el 18 de noviembre de 2009 don Jaime Imillan Álvarez solicitó a la Intendencia Metropolitana, le proporcionara la siguiente información:

a) Respuesta fundada de una presentación anterior que el peticionario efectuó haciendo presente el incumplimiento en que habría incurrido la Intendencia Metropolitana en el pago de una deuda previsional que, según señala, debió ser cancelada con las garantías retenidas de un contrato que indica.

b) Documentación relativa a las gestiones realizadas por la Intendencia para cancelar la deuda previsional señalada ante los Tribunales de Justicia e Instituciones Previsionales y Sociales

2) Que, posteriormente y con fecha 10 de diciembre de 2009, el peticionario dedujo ante este Consejo amparo a su derecho de acceso a la información en contra de la Intendencia Metropolitana, por denegación de entrega de la información solicitada.

Y CONSIDERANDO:

1) Que, de acuerdo con lo que disponen el artículo 24 de la...

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