Decisión nº A77-09, de Consejo de Transparencia de 12 de Junio de 2009 - Doctrina Administrativa - VLEX 539920230

Decisión nº A77-09, de Consejo de Transparencia de 12 de Junio de 2009

Fecha de Resolución12 de Junio de 2009
TipoDocumentos Operacionales - Estudios o Investigaciones - Documentos
MateriaGestión de Personas
TemaObras Públicas (Vialidad), Transporte

DECISIÓN AMPARO Nº A77-09

En sesión ordinaria N° 58 del Consejo Directivo, celebrada el 12 de junio de 2009, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo Rol A77-09, por denegación de acceso a la información, deducido ante este Consejo por don Raúl Paillalef Ojeda, de 10 de junio de 2009, en contra de la Secretaría Regional Ministerial —en adelante, SEREMI— de Obras Públicas de la Región de Magallanes y la Antártica Chilena, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la citada Ley de Transparencia.

VISTOS:

El artículo 8° de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la Ley N° 20.285; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, y, el D.S. N° 13, de 2 de marzo de 2009, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante indistintamente el Reglamento.

TENIENDO PRESENTE:

Que, con fecha 10 de junio de 2009, don Raúl Paillalef Ojeda formuló reclamación de amparo a su derecho de acceso a la información, por supuesta denegación de ésta, en contra de la SEREMI de Obras Públicas de la Región de Magallanes y la Antártica Chilena, fundado en que la información entregada no corresponde a la solicitada, respecto a la información relativa al Servicio de Transporte Público de pasajeros en el tramo Punta Arenas-Ojo Bueno-Río Seco, en especial exhibición y copia del documento que contiene el estudio de mercado del transporte público de pasajeros en dicho tramo, el cual fue encomendado por dicha SEREMI, en calidad de delegado de la Sra. Intendenta, y comprometido en reunión ampliada del año pasado con los pobladores de Ojo Bueno y Río Seco. Dicha solicitud fue presentada ante dicha institución con fecha 29 de abril de 2009, siendo notificado de la respuesta de dicha SEREMI...

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