Decisión nº C1482-12, de Consejo de Transparencia de 18 de Enero de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 539919946

Decisión nº C1482-12, de Consejo de Transparencia de 18 de Enero de 2013

Fecha de Resolución18 de Enero de 2013
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaGestión y administración territorial (Urbanismo)

DECISIÓN AMPARO ROL C1482-12

Entidad pública: Municipalidad de Peñaflor

Requirente: Enrique Godoy Tobar

Ingreso Consejo: 12.10.2012

En sesión ordinaria Nº 406 del Consejo Directivo, celebrada el 18 de enero de 2012, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C1482-12.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285 y Nº 19.880; lo previsto en el D.F.L. Nº 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575; y los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 7 de septiembre de 2012, don Enrique Godoy Tobar solicitó a la Municipalidad de Peñaflor información respecto de las patentes comerciales otorgadas en forma definitiva y provisoria a las oficinas situadas al interior del edificio ubicado en Av. 21 de Mayo N° 4.430, de la comuna de Peñaflor. En detalle, requirió conocer, respecto de las oficinas Nos. 201, 202, 203, 204, 205, 206, 207 y 208, ubicadas todas en el segundo piso del mencionado edificio y de cada una de ellas, para un período de 5 años a la fecha, la siguiente información:

a) Si se ha otorgado o no patente comercial a alguna de las mencionadas oficinas;

b) En el caso que se les haya otorgado patente comercial, fecha de otorgamiento de la patente, y nombre de la persona natural o jurídica que solicitó dicha patente;

c) Calidad en que se otorgó la patente comercial, ya sea, definitiva o provisoria;

d) En el caso de las patentes que pudiesen haber sido otorgadas provisoriamente, conocer la razón de la misma;

e) El nombre del funcionario municipal quien en terreno supervisó y aprobó la patente comercial, ya sea, definitiva o provisoria; y,

f) En el caso de las patentes comerciales aprobadas en forma provisoria, conocer si ha existido autorización de renovación de dichas patentes, fechas, periodos y prorrogas que se hayan realizado.

2) RESPUESTA: El 26 de septiembre de 2012, la Municipalidad de Peñaflor respondió a dicho requerimiento de información mediante el Oficio N° 960 del Sr. Alcalde, dirigido al solicitante, mediante el cual se adjuntó copia del Oficio N° 789, de la misma fecha, de la Directora de Administración y Finanzas, en cuya virtud señala, en síntesis que:

a) Se entrega información de las patentes comerciales correspondientes a las oficinas Nos. 203 y 205, ubicadas en el edificio consultado, con los siguientes detalles: fecha de otorgamiento de la patente, calidad en que se otorgo la patente (una provisoria y la otra definitiva, respectivamente); motivo o causa por la cual la patente provisoria fue otorgada en tal calidad; nombre del funcionario inspector municipal que supervisó en terreno y aprobó las patentes y en el caso de la patente comercial provisoria, se señala las autorizaciones de renovación de la...

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