Decisión nº C192-10, de Consejo de Transparencia de 6 de Abril de 2010 - Doctrina Administrativa - VLEX 539918986

Decisión nº C192-10, de Consejo de Transparencia de 6 de Abril de 2010

Fecha de Resolución 6 de Abril de 2010
TipoDocumentos Oficiales
MateriaGestión de Personas
TemaDefensa

DECISIÓN AMPARO ROL C192-10

Entidad pública: Ejército de Chile

Requirente: Daniel Núñez Guevara

Ingreso Consejo: 01.04.2010

En sesión ordinaria N° 138 del Consejo Directivo, celebrada el 06 de abril de 2010, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C192-10.

VISTOS:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, D.S. N° 1086/2004 del Ministerio del Interior y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, el 18 de enero de 2009 don Alejandro Vignolo Morris, actuando en representación de don Daniel Núñez Guevara, solicitó al Ejército de Chile que le proporcionara la siguiente información:

a) Las circunstancias en las cuales don Daniel Núñez Guevara sufrió una lesión en su tímpano izquierdo, producto de la detonación de explosivos en ejercicios propios de entrenamiento militar;

b) El resultado de la investigación sumaria o sumario administrativo respectivo referido a la lesión sufrida por don Daniel Núñez Guevara.

2) Que, el 1° de abril de 2010 don Daniel Núñez Guevara interpuso amparo a su derecho de acceso de información en contra del Ejército de Chile, fundado en que dicho órgano le habría denegado la información solicitada, toda vez que no respondió dentro del plazo legal a su solicitud de información.

Y CONSIDERANDO:

1) Que, de acuerdo con lo que disponen el artículo 24 de la Ley de...

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