Decisión nº C194-10, de Consejo de Transparencia de 6 de Abril de 2010 - Doctrina Administrativa - VLEX 539918978

Decisión nº C194-10, de Consejo de Transparencia de 6 de Abril de 2010

Fecha de Resolución 6 de Abril de 2010
MateriaAuditoría y Control de Gestión
TemaJusticia, Economía y Finanzas

DECISIÓN AMPARO ROL C194-10

Entidad pública: Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras.

Requirente: Víctor Sforzini Sepúlveda.

Ingreso Consejo: 01.04.10

En sesión ordinaria N° 138 del Consejo Directivo, celebrada el 6 de abril de 2010, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C194-10.

VISTOS:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, D.S. N° 1086/2004 del Ministerio del Interior y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, el 13 de enero de 2010 don Víctor Sforzini Sepúlveda efectuó una presentación ante la Contraloría General de la República, en cuya virtud requirió la intervención de dicho órgano frente a supuestos hechos irregulares que habrían ocurrido en la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras.

2) Que, el 1° de abril de 2010 don Víctor Sforzini Sepúlveda interpuso ante este Consejo amparo a su derecho de acceso a la información en contra de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, fundado en que dicho órgano no habría respondido a los requerimientos que le habría formulado la Contraloría General de la República, a fin de que informara con respecto a la denuncia que anteriormente formuló de acuerdo a lo señalado en el número precedente, por lo que solicita la intervención de este Consejo.

Y CONSIDERANDO:

1) Que, de acuerdo a lo previsto...

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