Decisión nº C735-13, de Consejo de Transparencia de 19 de Julio de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 539918438

Decisión nº C735-13, de Consejo de Transparencia de 19 de Julio de 2013

Fecha de Resolución19 de Julio de 2013
TipoDocumentos Operacionales - Estudios o Investigaciones - Documentos
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaSalud

DECISIÓN AMPARO ROL C735-13

Entidad pública: Secretaría Regional Ministerial de Salud Región de los Ríos.

Requirente: Guillermo Rivera Sánchez.

Ingreso Consejo: 27.05.2013.

En sesión ordinaria N° 451 de su Consejo Directivo, celebrada el 19 de julio de 2013, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo Rol C735-13.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la Ley N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1- 19.653 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y 20/2009 ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante, indistintamente, el Reglamento y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, el 8 de abril de 2013, don Guillermo Rivera Sánchez solicitó a la Superintendencia de Servicios Sanitarios información sobre fiscalizaciones efectuadas a la planta de tratamiento de aguas servidas de San Carlos, comuna de Corral, Región de Los Ríos.

2) Que, el 15 de abril de 2013, mediante Ordinario N° 1357, el órgano requerido procedió a derivar la solicitud de información a la Secretaría Regional Ministerial (SEREMI) de Salud Región de Los Ríos, conforme al artículo 13 de la Ley de Transparencia.

3) Que, el 27 de mayo de 2013, don Guillermo Rivera Sánchez interpuso amparo a su derecho de acceso a la información en contra de la SEREMI de Salud Región de Los Ríos, fundado en la ausencia de respuesta a su solicitud.

4) Que la SEREMI reclamada, con ocasión del presente amparo, mediante Ordinario N° 1092 de 18 de junio de 2013, al evacuar sus descargos, remitió la totalidad de la...

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