Decisión nº C230-12, de Consejo de Transparencia de 8 de Junio de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 539918294

Decisión nº C230-12, de Consejo de Transparencia de 8 de Junio de 2012

Fecha de Resolución 8 de Junio de 2012
TipoDocumentos Operacionales - Estudios o Investigaciones - Documentos
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaGestión y administración territorial (Urbanismo)

DECISIÓN AMPARO ROL C230-12

Entidad pública: Instituto Nacional del Deporte (IND)

Requirente: José González García

Ingreso Consejo: 26.01.2012

En sesión ordinaria Nº 345 del Consejo Directivo, celebrada el 8 de junio de 2012, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C230-12.

VISTOS:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285 y Nº 19.880; lo previsto en el D.F.L. Nº 1-19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575; y, los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: Don Julio Díaz Santos, el 11 de enero de 2012, solicitó al Instituto Nacional del Deporte (en adelante, también e indistintamente “IND”) que le proporcionara copia de los documentos de apoyo que dicha entidad haya otorgado para el o los proyectos de autódromos en la comuna de Colina en general y de la empresa comercial RPM Motorsports en especial.

2) FALTA DE RESPUESTA Y AMPARO: Don José González García, el 9 de febrero de 2012, dedujo amparo al derecho de acceso a la información de don Julio Díaz Santos en contra del Instituto Nacional del Deporte, fundado en que dicho órgano no respondió la solicitud de información de éste último.

3) DESCARGOS Y OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: El Consejo Directivo de este Consejo acordó admitir a tramitación el presente amparo, trasladándolo al Sr. Director Nacional del Instituto Nacional del Deporte, mediante Oficio N° 736, de 9 de marzo de 2012; quien, a través del Ordinario N° 1766, de 29 de marzo de 2012, ingresado a la Oficina de Partes de este Consejo el 2 de abril recién pasado, formuló los siguientes descargos y observaciones:

a) Sostuvo que dio respuesta al...

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