Decisión nº C705-13, de Consejo de Transparencia de 29 de Mayo de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 539917930

Decisión nº C705-13, de Consejo de Transparencia de 29 de Mayo de 2013

Fecha de Resolución29 de Mayo de 2013
MateriaGestión de Personas
TemaSalud

DECISIÓN AMPARO ROL C705-13

Entidad pública: Hospital Regional de Talca.

Requirente: Marcela Zavala Guevara.

Ingreso Consejo: 22.05.2013

En sesión ordinaria N° 437 de su Consejo Directivo, celebrada el 29 de mayo de 2013, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C705-13.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 19 de enero de 2013, doña Marcela Zavala Guevara realizó una presentación ante el Hospital Regional de Talca, en la cual denunció una serie de malos tratos proferidos por los funcionarios que individualiza.

2) Que, con fecha 22 de mayo de 2013, doña Marcela Zavala Guevara dedujo amparo a su derecho de acceso a la información pública a través de la Gobernación Provincial de Talca, e ingresado a este Consejo el mismo día y año, en contra del Hospital Regional de Talca, completando un formulario por infracción a los deberes de Transparencia Activa. Fundamenta su presentación en que no habría recibido respuesta de dicho centro hospitalario, dentro del plazo legal, y denuncia malos tratos de funcionarios del Hospital Regional de Talca.

Y CONSIDERANDO:

1) Que, en primer lugar, de acuerdo a lo previsto en el artículo 33, letra b), de la Ley de Transparencia...

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