Decisión nº C1135-13 y C1149-13, de Consejo de Transparencia de 21 de Agosto de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 539917498

Decisión nº C1135-13 y C1149-13, de Consejo de Transparencia de 21 de Agosto de 2013

Fecha de Resolución21 de Agosto de 2013
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaGestión y administración territorial (Urbanismo)

DECISIÓN AMPAROS ROLES C1135-13 y C1149-13

Entidad pública: Municipalidad de Papudo.

Requirente: Leopoldo Belloni Huerta.

Ingreso Consejo: 17 y 19.07.2013.

En sesión ordinaria Nº 459 de su Consejo Directivo, celebrada el 21 de agosto de 2013, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de las solicitudes de amparo al derecho de acceso a la información pública Roles C1135-13 y C1149-13.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 14 de junio de 2013, don Leopoldo Belloni Huerta realizó una presentación a la Municipalidad de Papudo, a través de la cual solicitó que se le proporcione documentación y planos que consigna la Resolución Nº 27 del 30 de octubre de 2009, para la recepción definitiva de las Torres del Condominio Punta Colonos I, ubicado en Avenida Marítima Nº 410, comuna de Papudo, de Dirección de Obras Municipales de la Municipalidad de Papudo.

2) Que, con fechas 17 y 19 de julio de 2013, don Leopoldo Belloni Huerta dedujo dos amparos a su derecho de acceso a la información pública en contra de la Municipalidad de Papudo, ambos fundados en la falta de respuesta a su requerimiento de información.

3) Que, este Consejo determinó de conformidad al principio de economía procedimental, consagrado en el artículo 9° de la Ley N° 19.880, que establece bases de los...

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