Decisión nº C1011-11, de Consejo de Transparencia de 19 de Agosto de 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 539917358

Decisión nº C1011-11, de Consejo de Transparencia de 19 de Agosto de 2011

Fecha de Resolución19 de Agosto de 2011
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaTransporte

DECISIÓN AMPARO C1011-11

Entidad Publica: Municipalidad de Quilpué

Requirente: Carmen Delgado Sepúlveda

Ingreso Consejo: 16.08.2011

En sesión ordinaria N° 274 de su Consejo Directivo, celebrada el 19 de agosto de 2011, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo Rol C1011-11.

VISTOS:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 20 de abril de 2011, doña Carmen Delgado Sepúlveda realizó una presentación a la Municipalidad de Quilpué, en la que indicó ser la representante legal de la empresa de Colectivos Oviedo, señalando que producto de la problemática suscitada por el cobro indebido de cupos para estacionamientos reservados de taxis colectivos, otorgado a través del permiso de ocupación de bien nacional de uso público establecido en el Decreto N° 157, de 14 de enero de 2008, requiere:

a) Desistir de los 4 cupos mientras se resuelva la medida exacta del “burladero”, ubicado en calle Bulnes, entre Avda. Los Carrera y Calle Esmeralda;

b) Mantener el cupo ubicado al costado oriente de la calzada entre el acceso al terminal externo y el cabezal norte del burladero; y;

c) Señala el interés de poder cancelar por el cupo que desea mantener, por lo cual solicita el monto adeudado por dicho espacio.

2) Que, el 09 de agosto de 2011, doña Carmen Delgado Sepúlveda interpuso a través de la Gobernación Provincial de Marga Marga e ingresado a este Consejo el 16 de agosto de 2011, amparo a su derecho de acceso a la información en...

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