Decisión nº C275-10, de Consejo de Transparencia de 8 de Junio de 2010
Fecha de Resolución | 8 de Junio de 2010 |
Tipo | Documentos Oficiales |
Materia | Funciones y Actividades Propias del órgano |
Tema | Bienes Públicos |
DECISIÓN AMPARO Nº C275-10
Entidad pública: I. Municipalidad de Maipú.
Requirente: Pedro Albornoz Vallejos.
Ingreso Consejo: 10.05.2010.
En sesión ordinaria N° 155 de su Consejo Directivo, celebrada el 8 de junio de 2010, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del reclamo Rol C275-10.
Los artículos 5º, inc. 2º, 8° y 19 Nº 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, D.S. N° 1086/2004 del Ministerio del Interior y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
1) Que, el 9 de abril de 2010 don Pedro Albornoz Vallejos solicitó a la I. Municipalidad de Maipú copia de los contratos de comodato de los quioscos de la comuna.
2) Que, el 7 de mayo de 2010 la I. Municipalidad de Maipú dio respuesta a la solicitud de información, entregando copia de los contratos solicitados, pero con omisión de ciertas páginas.
3) Que, el 10 de mayo de 2010 don Pedro Albornoz Vallejos interpuso amparo a su derecho de acceso a la información en contra del señalado órgano de la administración del Estado, fundado en que dicho órgano no le habría proporcionado la totalidad de la información solicitada.
4) Que, el 4 de junio de 2010 don Pedro Albornoz Vallejos informó a este Consejo, vía correo electrónico, haber recibido la información solicitada de parte de la I. Municipalidad de Maipú, manifestando su conformidad con la misma.
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