Decisión nº C77-10, de Consejo de Transparencia de 8 de Junio de 2010
Fecha de Resolución | 8 de Junio de 2010 |
Tipo | Documentos Oficiales |
Materia | Regulación Interna |
Tema | Orden y Seguridad Interior |
DECISIÓN AMPARO ROL C77-10
Entidad pública: Gendarmería de Chile.
Requirente: Lesslie Toro Pereira.
Ingreso Consejo: 09.02.2010.
En sesión ordinaria N° 155 del Consejo Directivo, celebrada el 8 de junio de 2010, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C77-10.
Los artículos 5º, inc. 2º, 8° y 19 Nº 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, D.S. N° 1086/2004 del Ministerio del Interior y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
1) SOLICITUD DE ACCESO: El 14 de enero de 2010, doña Lesslie Toro Pereira, representada por el Centro Especializado de Derechos Humanos de la Corporación de Asistencia Judicial, solicitó a Gendarmería de Chile información relativa a los antecedentes que sirvieron de fundamento para sindicar a don Jorge Andrés Espíndola Riquelme como partícipe de una fuga con explosivos en el Centro de Detención Penitenciaria de Puente Alto y que fundaron su traslado al Complejo Penitenciario de Rancagua.
2) RESPUESTA: Según informó la reclamante en su amparo, Gendarmería de Chile no respondió a su solicitud de información dentro del plazo legal.
3) AMPARO: El 9 de febrero de 2010, doña Lesslie Toro Pereira interpuso ante este Consejo amparo a su derecho de acceso a la información en contra de Gendarmería de Chile, fundado en que dicha entidad no habría atendido su requerimiento de información.
4) DESCARGOS U OBSERVACIONES...
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