Decisión nº C585-09, de Consejo de Transparencia de 29 de Abril de 2010
Fecha de Resolución | 29 de Abril de 2010 |
Tipo | Documentos Operacionales - Documentación Presupuestaria - Otros |
Materia | Presupuesto y Finanzas |
Tema | Salud |
DECISIÓN AMPARO C585-09
Entidad Publica: Secretaría General Ministerial de Salud de la Región de Valparaíso
Requirente: Carolina Cabezas Garrido
Ingreso Consejo: 11.12.2009
En sesión ordinaria N° 145 de su Consejo Directivo, celebrada el 29 de abril de 2010, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo Rol C585-09.
Los artículos 5°, inciso 2°, 8° y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575 y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/09, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
1) SOLICITUD DE ACCESO: El 21 de octubre de 2009 doña Carolina Cabezas Garrido, en su calidad de Presidenta del Consejo Local de Salud de Cartagena, junto a los miembros de la directiva de dicha entidad, solicitó al SEREMI de Salud de la Región de Valparaíso los “gastos originados del programa “comunas vulnerables”, que se implementa actualmente en nuestra comuna”.
2) RESPUESTA: Mediante ORD. N° 2215, de 18 de noviembre de 2009, el SEREMI de Salud de Valparaíso, respondió a la solicitud de acceso señalando que “los gastos del Programa Comunas Vulnerables en su integridad sólo podrán ser obtenidos al término de dicho Programa, debidos a que no están ejecutados en su integridad”. Agrega que dicha información podrá ser obtenida el día 31 de diciembre del año en curso -2009-, fecha en la cual el programa culmina.
3) AMPARO: El 11 de diciembre de 2009, doña Carolina Cabezas Garrido, en su calidad de Presidenta del Consejo Local de Salud de Cartagena, junto a los miembros de la directiva de dicha entidad, dedujo amparo a su derecho de acceso a la información pública en contra de la...
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