Decisión nº C360-13, de Consejo de Transparencia de 15 de Mayo de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 539916146

Decisión nº C360-13, de Consejo de Transparencia de 15 de Mayo de 2013

Fecha de Resolución15 de Mayo de 2013
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaGestión y administración territorial (Urbanismo)

DECISIÓN AMPARO ROL C360-13

Entidad pública: Municipalidad de Puchuncaví

Requirente: Víctor Molina Augier

Ingreso Consejo: 14.03.2013

En sesión ordinaria Nº 434 del Consejo Directivo, celebrada el 15 de mayo de 2013, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C360-13.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285 y Nº 19.880; lo previsto en el D.F.L. Nº 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575; y los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 18 de febrero de 2013, don Víctor Molina Augier solicitó a la Municipalidad de Puchuncaví antecedentes relativos al permiso de edificación Nº 149, de 4 de octubre de 2012, correspondiente a una edificación del sector de Marbella. En particular, requirió:

a) Solicitud de permiso de edificación;

b) Formulario INE;

c) Certificado de número;

d) Fotocopia de informes previos que sirve de base al proyecto;

e) Especificaciones técnicas;

f) Planos de arquitectura (con detalle de ubicación, emplazamiento, plantas de todos los pisos, cortes y elevaciones, plantas de cubiertas, plano de cierro, cuadro de superficies);

g) Memoria de cálculo estructural;

h) Proyecto de cálculo de estructura;

i) Levantamiento topográfico;

j) Informe de resistencia al fuego;

k) Informe de resistencia térmica;

l) Patentes de los profesionales competentes que intervienen en el proyecto;

m) Actas de observaciones emitidas por la Dirección de Obras, de 19 de junio, 17 de julio, 20 de agosto, y 3 de octubre, todas del año 2012, con sus respectivos documentos, en donde se constate que se dio cumplimiento a las mismas;

n) Carta de uno de los propietarios de 6 de agosto de 2012 por el que adjunta plano con cumplimiento de rasantes (se requiere copia del plano y de la carta);

o) Copia de la patente profesional de don Rafael Vial Ovalle, quien firma una carta de 7 de septiembre de 2012, como profesional responsable de la obra y que no aparecería en el listado de profesionales en la solicitud de permiso de obra;

p) Ficha de control de trámite del expediente 2531 suscrita por el Director de Obras; y,

q) Fotocopia del permiso Nº 149 de 4 de octubre de 2012.

2) RESPUESTA: El 1° de abril de 2013, mediante correo electrónico, la Municipalidad de Puchuncaví respondió a dicho requerimiento de información, remitiendo el Oficio N° 177, de 26 de marzo de 2013, el cual señala, en síntesis, que:

a) Conforme con lo dispuesto en el artículo 21, N° 1, letra a), de la Ley de Transparencia, deniega el acceso a la información solicitada, atendido que el municipio ha sido objeto de acciones judiciales respecto de dichas materias, por lo que los antecedentes requeridos deberán ser tenidos en reserva, ya que deberán ser presentados en causa litigiosa pendiente en el contexto de una estrategia de defensa judicial. En efecto, en causa Rol N° C51-2013, del Juzgado de Letras de Quintero, se tramita juicio ordinario de nulidad de derecho público, litigio en...

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