Decisión nº C202-10, de Consejo de Transparencia de 13 de Abril de 2010 - Doctrina Administrativa - VLEX 539915018

Decisión nº C202-10, de Consejo de Transparencia de 13 de Abril de 2010

Fecha de Resolución13 de Abril de 2010
TipoDocumentos Operacionales - Estudios o Investigaciones - Documentos
MateriaGestión de Personas
TemaEducación

DECISIÓN AMPARO ROL C202-10

Entidad pública: Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica.

Requirente: Patricio Cárcamo Pérez

Ingreso Consejo: 07.04.2010

En sesión ordinaria N° 141 del Consejo Directivo, celebrada el 13 de abril de 2010, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C202-10.

VISTOS:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, D.S. N° 1086/2004 del Ministerio del Interior y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que el 8 de febrero de 2010, don Patricio Cárcamo Pérez solicitó vía correo electrónico a la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica (en adelante CONICYT) que le proporcionara información ampliada de la respuesta que había recibido con respecto de su postulación para acceder a una beca para funcionarios del sector público, en el marco del programa de Capital Humano Avanzado. Especialmente solicitó que se le informaran cuáles habrían sido los aspectos puntuales que fueron considerados o incorporados en las evaluaciones de las postulaciones, tales como, tablas, criterios y subcriterios respecto de cada uno de los aspectos ponderados que determinaron el puntaje final que le fuera informado.

2) Que con fechas 22 y 24 de febrero de 2010, CONICYT envió un correo al reclamante acusando recibo de su solicitud de información, indicándosele que en esa...

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