Decisión nº C404-09, de Consejo de Transparencia de 11 de Diciembre de 2009 - Doctrina Administrativa - VLEX 539914890

Decisión nº C404-09, de Consejo de Transparencia de 11 de Diciembre de 2009

Fecha de Resolución11 de Diciembre de 2009
TipoDocumentos Operacionales - Documentación Presupuestaria - Rendición de Cuentas
MateriaPresupuesto y Finanzas
TemaCultura y Artes, Economía y Finanzas

DECISIÓN AMPARO ROL C404-09

Entidad pública: I. Municipalidad de Viña del Mar.

Requirente: Esteban Collins Dupoy.

Ingreso Consejo: 08.10.2009

En sesión ordinaria N° 110 de su Consejo Directivo, celebrada el 11 de diciembre de 2009, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo rol N° C404-09.

VISTOS:

Los artículos , inc. , y 19 N°12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la Ley N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 31 de agosto de 2009, don Esteban Collins Dupoy solicitó a la I. Municipalidad de Viña del Mar, se le indicara en qué lugar de la página web de la misma se encontraba disponible la información relativa a los ingresos percibidos en razón de la organización de los dos últimos Festivales de la Canción de Viña del Mar, principalmente por concepto de venta y/o entrega de entradas, así como la política o metodología utilizada al respecto y si existía un reglamento de supervisión y vigilancia relacionado con estas materias.

2) Que con fecha 2 de septiembre de 2009, la I. Municipalidad evacuó respuesta sobre dicha solicitud, la que le fue notificada al reclamante con la misma fecha.

3) Que, posteriormente, con fecha 8 de octubre de 2009, don Esteban Collins Dupoy dedujo ante este Consejo amparo a su derecho de acceso a la información en contra de la I. Municipalidad de Viña del Mar, en razón de que la información solicitada le fue denegada, aduciendo la reclamada que no se...

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