Decisión nº C649-11, de Consejo de Transparencia de 24 de Agosto de 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 539914346

Decisión nº C649-11, de Consejo de Transparencia de 24 de Agosto de 2011

Fecha de Resolución24 de Agosto de 2011
TipoDocumentos Operacionales - Documentos Electrónicos - Otros
MateriaAdministración y Logística
TemaAdministración y Gestión Pública, Otros, especificar

DECISIÓN AMPARO C649-11

Entidad Publica: Municipalidad de Constitución

Requirente: Marina Muñoz Riquelme

Ingreso Consejo: 31.05.2011

En sesión ordinaria N° 276 del Consejo Directivo, celebrada el 24 de agosto de 2011, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto al reclamo por infracción a las normas de transparencia activa Rol C649-11.

VISTOS:

Los artículos inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) RECLAMO POR INFRACCIÓN A LAS NORMAS DE TRANSPARENCIA ACTIVA: El 31 de mayo de 2011, doña Marina Muñoz Riquelme dedujo ante este Consejo reclamo por infracción a las normas de transparencia activa en contra de la Municipalidad de Constitución, fundado en que en el sitio web institucional la información relativa a personal y remuneraciones, mecanismos de participación ciudadana, presupuesto y subsidios, no estaría disponible en forma permanente, sería incompleta y estaría desactualizada.

2) CERTIFICACIÓN DE LA PÁGINA WEB: El Consejo Directivo de este Consejo dispuso que su Dirección de Fiscalización revisara íntegramente la información de transparencia activa en el banner respectivo de la Municipalidad, de manera de verificar el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias aplicables y de las Instrucciones Generales Nºs 4, 7 y 9, que este Consejo ha impartido sobre la materia.

Con fecha 8 de junio de 2011, la Dirección aludida procedió a revisar la página web de la municipalidad reclamada, tras lo cual estableció que los niveles de cumplimiento de las normas aludidas alcanzaban un total de 21,85%, según se expone brevemente:

a) Aspectos generales: 28,57%

b) Actos y decisiones del organismo:

i. Actos y documentos del organismo que hayan sido objeto de publicación en el Diario Oficial: 0%.

ii. Actos y resoluciones que tengan efectos sobre terceros: 0%.

iii. Antecedentes preparatorios de las normas jurídicas generales que afecten a empresas de menor tamaño: 100%.

c) Organización interna:

i. Potestades, competencias, responsabilidades, funciones, atribuciones y/o tareas y marco normativo: 55,56%.

ii. Estructura orgánica del organismo y las facultades, funciones y atribuciones de cada una de las unidades u órganos internos: 25%.

iii. Todas las entidades en que tengan participación, representación e intervención, cualquiera sea su naturaleza y el fundamento normativo que la justifica: 0%.

d) Personal y remuneraciones: 1,56%.

e) Compras y licitaciones: 94,87%.

f) Subsidios y transferencias:

i. Transferencias de fondos públicos que efectúen, incluyendo todo aporte económico entregado a personas jurídicas o naturales, directamente o mediante procedimientos concursales, sin que éstas o aquéllas realicen una contraprestación recíproca en bienes o servicios: 0%.

ii. El diseño, montos asignados y criterios de acceso a los programas de subsidios y otros beneficios que entregue el respectivo órgano, además de las nóminas de beneficiarios de los programas sociales en ejecución: 0%.

g) Presupuesto y auditoría:

i. Información presupuestaria: 0%.

ii. Los resultados de las auditorías al ejercicio presupuestario del respectivo órgano y, en su caso, las aclaraciones que procedan: 20%.

h) Relación con la ciudadanía:

i. Los trámites y requisitos que debe cumplir el interesado para tener acceso a los servicios que preste el respectivo órgano...

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