Decisión nº C93-10, de Consejo de Transparencia de 25 de Junio de 2010 - Doctrina Administrativa - VLEX 539913198

Decisión nº C93-10, de Consejo de Transparencia de 25 de Junio de 2010

Fecha de Resolución25 de Junio de 2010
TipoDocumentos Oficiales
MateriaGestión de Personas
TemaAdministración Pública, Otros, especificar

DECISIÓN AMPARO ROL C93-10

Entidad pública: Servicio Nacional de Aduanas - SNA

Requirente: Marianela Maureira Sangüesa

Ingreso Consejo: 21.01.2010

En sesión ordinaria N° 160 de su Consejo Directivo, celebrada el 25 de junio de 2010, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo Rol C93-10.

VISTOS:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la Ley N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1 – 19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y, los D.S. N° 13/2009 y 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante indistintamente el Reglamento y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: Doña Marianela Maureira Sangüesa, el 18 de diciembre de 2009, solicitó al Servicio Nacional de Aduanas (en adelante también SNA), a través de correo electrónico dirigido a recursoshumanos@aduana.cl, los datos de la consultora que habría estado a cargo del concurso de abogado a contrata, en el que habría participado, y el nombre de alguna persona de contacto. Reiteró dicha solicitud, al mismo correo electrónico, el día 21 de diciembre de 2009.

2) RESPUESTA: El SNA no respondió a dicho requerimiento dentro del plazo establecido en el artículo 14 de la Ley de Transparencia.

3) AMPARO: Doña Marianela Maureira Sangüesa dedujo amparo a su derecho de acceso a la información el 21 de enero de 2010 en contra del SNA fundamentándolo en que no habría recibido respuesta a su requerimiento dentro del plazo legal, que vencía el 20 de enero de 2010.

4) DESCARGOS U OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: El Consejo Directivo de este Consejo, acordó admitir a tramitación este amparo trasladándolo, mediante Oficio N° 538, de 29 de marzo de 2010, al Director Nacional del Servicio Nacional de Aduanas, solicitándole en especial que, al formular sus descargos indique las razones por las cuales la solicitud de información de la especie no fue respondida oportunamente. Respondió mediante escrito ingresado el 20 de abril de 2010, solicitando que se rechace el amparo interpuesto, principalmente por lo siguiente:

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR