Decisión nº C1182-13, de Consejo de Transparencia de 23 de Octubre de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 539912694

Decisión nº C1182-13, de Consejo de Transparencia de 23 de Octubre de 2013

Fecha de Resolución23 de Octubre de 2013
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaGestión y administración territorial (Urbanismo)

DECISIÓN AMPARO ROL C1182-13

Entidad pública: Corporación Municipal de Quellón

Requirente: Víctor Jesualdo Muñoz Salazar

Ingreso Consejo: 25.07.2013

En sesión ordinaria Nº 475 del Consejo Directivo, celebrada el 23 de octubre de 2013, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C1182-13.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285 y Nº 19.880; lo previsto en el D.F.L. Nº 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575; y los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 12 de junio de 2013, don Víctor Jesualdo Muñoz Salazar, solicitó a la Corporación Municipal de Quellón que se le dé respuesta a una presentación de 14 de mayo de 2013, en la que requirió: “el motivo por el cual no se me tomó en cuenta al llamado público (Diario Austral de Chiloé) ya que con fecha 27 de marzo del año en curso entregué mi currículum en esa Secretaría y no he obtenido respuesta dándome a conocer los motivos por los cuales mi postulación para el cargo de profesor de Educación Tecnológica (34 horas) en Liceo Rayen Mapu de Quellón, no fue considerada. Quedo en la espera de una pronta respuesta por escrito para poder saber los pormenores y las razones por las cuales no fui tomado en cuenta”

2) AUSENCIA DE RESPUESTA Y AMPARO: El 25 de julio de 2013, don Víctor Jesualdo Muñoz Salazar dedujo amparo a su derecho de acceso...

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