Decisión nº C1209-13, de Consejo de Transparencia de 7 de Agosto de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 539911498

Decisión nº C1209-13, de Consejo de Transparencia de 7 de Agosto de 2013

Fecha de Resolución 7 de Agosto de 2013
TipoDocumentos Oficiales
MateriaSubsidios y Beneficios
TemaGrupos de interés especial, Economía y Finanzas

DECISIÓN AMPARO ROL C1209-13

Entidad pública: Servicio de Cooperación Técnica.

Requirente: Gabriel Giglio Navarro.

Ingreso Consejo: 31.07.2013.

En sesión ordinaria N° 456 de su Consejo Directivo, celebrada el 07 de agosto de 2013, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C1209-13.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285 y Nº 19.880; lo previsto en el D.F.L. Nº 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575; y los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 03 de julio de 2013, don Gabriel Giglio Navarro, realizó una presentación al Servicio de Cooperación Técnica (SERCOTEC), donde solicitó, en términos generales, información sobre el Concurso Capital Semilla para empresas menores de un año, en el cual participó.

2) Que, con fecha 31 de julio de 2013, don Gabriel Giglio Navarro, dedujo amparo a su derecho de acceso a la información pública ante este Consejo, en contra de SERCOTEC, fundado en que no recibió respuesta a su solicitud, dentro del plazo legal.

Y CONSIDERANDO:

1) Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso primero del artículo 14 de la Ley de Transparencia, la autoridad o jefatura o jefe superior del órgano o servicio de la Administración del Estado requerido, deberá pronunciarse sobre la solicitud, sea entregando la información solicitada o negándose a ello, en un plazo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR