Decisión nº C868-13, de Consejo de Transparencia de 7 de Agosto de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 539911370

Decisión nº C868-13, de Consejo de Transparencia de 7 de Agosto de 2013

Fecha de Resolución 7 de Agosto de 2013
TipoDocumentos Oficiales
MateriaPresupuesto y Finanzas
TemaEducación

DECISIÓN AMPARO ROL C868-13

Entidad pública: Comisión Administradora del Sistema de Créditos para la Educación Superior (INGRESA).

Requirente: Nicolás Muñoz Fernández.

Ingreso Consejo: 13.06.2013.

En sesión ordinaria N° 456 de su Consejo Directivo, celebrada el 7 de agosto de 2013, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C868-13.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 16 de mayo de 2013, don Nicolás Muñoz Fernández realizó una solicitud de información a la Comisión Administradora del Sistema de Créditos para la Educación Superior (INGRESA), donde requirió la siguiente información:

a) Copia de la nómina de deudores morosos del crédito con aval del Estado remitida a la Tesorería General de la República, incluyendo los montos que se encuentren impagos en los periodos 2011, 2012 y 2013;

b) En su defecto, y para el caso de no acceder a la primera petición, se informe la circunstancia de haberse remitido a la Tesorería General de la República información de la beneficiaria de crédito con aval del Estado doña Pamela Labrín Neira. Señalando en el caso de corresponder, todos los periodos de tiempo y oportunidades en que esto haya ocurrido, si se señaló o no la calidad de morosa, monto de la deuda y entidad crediticia informante y tiempo y forma en que ésta le informa a la Comisión; y,

c) Se informe si se ha cursado o no, por esa comisión, la carta enviada por la señorita Pamela Labrín Neira, el día 29 de octubre de 2012, recepcionada el día 30 de octubre de 2012 por don Gustavo Ibarra. En el caso de haberse cursado informar la respuesta pronunciada.

2) Que, con fecha 13 de junio de 2013, la Comisión INGRESA dio respuesta al Sr. Muñoz Fernández, señalando que lo requerido no corresponde a una solicitud de acceso a la...

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