Decisión nº C717-11 y C718-11, de Consejo de Transparencia de 14 de Junio de 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 539911346

Decisión nº C717-11 y C718-11, de Consejo de Transparencia de 14 de Junio de 2011

Fecha de Resolución14 de Junio de 2011
TipoDocumentos Oficiales
MateriaRegulación Interna
TemaJusticia

DECISIÓN AMPARO C717-11 y C718-11

Entidad Publica: Municipalidad de Valparaíso

Requirente: Virgilio Gómez Oses

Ingreso Consejo: 07.06.2011

En sesión ordinaria N° 255 de su Consejo Directivo, celebrada el 14 de junio de 2011, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de los amparos Roles C717-11 y C718-11.

VISTOS:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, a través de diez requerimientos realizados en distintas oportunidades durante el año 2011 -el último de ellos efectuado el pasado 25 de abril-, don Virgilio Gómez Oses solicitó a la Municipalidad de Valparaíso el cumplimiento de las resoluciones de la Dirección de Obras Municipales que indica y, que se informen las razones de porqué a la fecha no se ha cumplido la Resolución N° 399, de 2009.

2) Que, el 7 de junio del presente año, don Virgilio Gómez Oses dedujo, ante la Gobernación Provincial de Valparaíso, dos amparos a su derecho de acceso a la información en contra de la Municipalidad de Valparaíso, fundados en que dicho órgano no habría atendido dentro de plazo sus presentaciones.

3) Que, los antecedentes remitidos por la Gobernación Provincial de Valparaíso ingresaron a la Oficina de Partes de este Consejo, el 9 de junio de 20111.

Y CONSIDERANDO:

1) Que...

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