Decisión nº C232-10, de Consejo de Transparencia de 27 de Abril de 2010
Fecha de Resolución | 27 de Abril de 2010 |
Tipo | Documentos Oficiales |
Materia | Presupuesto y Finanzas |
Tema | Economía y Finanzas |
DECISIÓN AMPARO Nº C232-10
Entidad pública: I. Municipalidad de Maipú
Requirente: Beatriz Sepúlveda Figueroa.
Ingreso Consejo: 23.04.2010
En sesión ordinaria N° 144 del Consejo Directivo, celebrada el 27 de abril de 2010, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del reclamo Rol C232-10.
Los artículos 5º, inc. 2º, 8° y 19 Nº 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, D.S. N° 1086/2004 del Ministerio del Interior y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
1) Que, el 24 de marzo de 2010 doña Beatriz Sepúlveda Figueroa solicitó a la I. Municipalidad de Maipú que le proporcionara copia del contrato de publicidad que dicho órgano habría celebrado con la empresa la Publiguías Yell Chile, 3ª edición, con indicación de los montos y números de ejemplares.
2) Que, el 25 de marzo de 2010 la I. Municipalidad de Maipú respondió dicha solicitud indicando a la requirente que a la fecha de la solicitud no había celebrado contrato alguno con la empresa la Publiguías Yell Chile.
3) Que, posteriormente y con fecha 23 de abril de 2010, doña Beatriz Sepúlveda Figueroa dedujo ante este Consejo amparo a su derecho de acceso a la información en contra de la I. Municipalidad de Maipú, en razón de que dicho órgano no habría entregado respuesta a su solicitud de información dentro de los plazos legales.
1) Que, de...
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