Decisión nº C819-12, de Consejo de Transparencia de 14 de Septiembre de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 539909882

Decisión nº C819-12, de Consejo de Transparencia de 14 de Septiembre de 2012

Fecha de Resolución14 de Septiembre de 2012
TipoDocumentos Operacionales - Documentos Electrónicos - Correos Electrónicos
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaEconomía y Finanzas

DECISIÓN AMPARO ROL C819-12

Entidad pública: Tesorería General de la República

Requirente: Gerardo Neira Carrasco

Ingreso Consejo: 01.06.2012

En sesión ordinaria N° 373 de su Consejo Directivo, celebrada el 14 de septiembre de 2012, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo Rol C819-12.

VISTO:

Los artículos inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la Ley N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1 – 19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y, los D.S. N° 13/2009 y 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante indistintamente el Reglamento y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 24 de abril de 2012 don Gerardo Neira Carrasco requirió a la Tesorería General de la República, información relacionada con el expediente administrativo Rol Nº 10.199-2011, correspondiente al propio solicitante. En específico, solicitó se le entregara la siguiente información:

a) Fotocopia del expediente administrativo Rol Nº 10.199-2011.

b) Correspondencia enviada y recibida, correos electrónicos enviados y recibidos, que fueron intercambiados con don Álvaro Villablanca Sepúlveda, abogado de la Unidad de Grandes Deudores y Cobranzas Especiales, respecto a dicho expediente.

c) Correspondencia enviada y recibida, correos electrónicos enviados y recibidos, que fueron intercambiados con doña Jacqueline Estrada Chandía, procuradora de la Unidad de Grandes Deudores, respecto a dicho expediente.

d) Correspondencia enviada y recibida, correos electrónicos enviados y recibidos, que fueron intercambiados con don Nelson Ariel Quilodrán Muñoz, recaudador fiscal de la Unidad de Grandes Deudores y Cobranzas Especiales, respecto a dicho expediente.

e) Correspondencia enviada y recibida, correos electrónicos enviados y recibidos, referentes a la tramitación de la denuncia presentada por el solicitante, de 3 de enero de 2012.

f) Correspondencia enviada y recibida, correos electrónicos enviados y recibidos, referente a la tramitación del escrito presentado por el solicitante, de 15 de marzo de 2012.

2) RESPUESTA: Dicho requerimiento fue respondido por Ordinario Nº 2.286, de 23 de mayo de 2012, del Tesorero General de la República (S), indicando lo siguiente:

a) Mediante el citado oficio remite al solicitante copia del expediente administrativo Rol Nº 10.199-2011, comuna de Talcahuano.

b) Respecto a la correspondencia y correos electrónicos requeridos, se remite la documentación que a continuación se señala, atendido a que toda ella dice relación con materias propias del proceso de cobro que sigue el Servicio de Tesorerías, en contra del solicitante:

i. Ordinario GG.DD. Concepción Nº 70/2012.

ii. Tres correos electrónicos intercambiados entre el abogado Álvaro Villablanca Sepúlveda y la procuradora, Jacqueline Estrada Chandía.

iii. Ocho correos electrónicos intercambiados en relación a la tramitación de la denuncia presentada por el solicitante el 3 de enero de 2012. En relación a estos correos electrónicos, se han tarjado comentarios personales de los funcionarios que no dicen relación con la denuncia.

iv. Ordinario GG.DD. Concepción Nº 08/2012, que remite denuncia del solicitante a la Sección Grandes Deudores Santiago.

v. Seis correos electrónicos y correspondencia intercambiados referente a la tramitación del escrito presentado por el solicitante el 15 de marzo de 2012.

c) En relación con los correos electrónicos remitidos por don Nelson Quilodrán Muñoz, sobre el expediente administrativo Nº 10.199-2011, de la comuna de Talcahuano, señala que sólo existe un correo electrónico entre dicho funcionario y Álvaro Villablanca, del cual no se hace entrega, ya que contiene datos personales de diversos contribuyentes.

d) Finalmente, en relación con la correspondencia y correos electrónicos intercambiados entre el abogado Álvaro Villablanca Sepúlveda y el Tesorero Provincial de Talcahuano, don Jorge Sepúlveda Sepúlveda, señala que no existen comunicaciones de ningún tipo entre ambos, en relación con el expediente administrativo en cuestión.

3) AMPARO: Don Gerardo Neira Carrasco dedujo amparo a su derecho de acceso a la información el 1° de junio de 2012, en contra...

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