Decisión nº C647-12, de Consejo de Transparencia de 17 de Agosto de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 539909798

Decisión nº C647-12, de Consejo de Transparencia de 17 de Agosto de 2012

Fecha de Resolución17 de Agosto de 2012
TipoDocumentos Operacionales - Documentación Médica - Documentos
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaSalud

DECISIÓN AMPARO ROL C647-12

Entidad pública: Complejo Asistencial Doctor Sotero del Río

Requirente: Sara Zamora Galdámez

Ingreso Consejo: 26.04.2012

En sesión ordinaria Nº 365 del Consejo Directivo, celebrada el 17 de agosto de 2012, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C647-12.

VISTOS:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285 y Nº 19.880; lo previsto en el D.F.L. Nº 1-19.653, del año 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575; y los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUDES DE ACCESO: Doña Sara Zamora Galdámez formuló ante el Complejo Asistencial Doctor Sotero del Río, en adelante el Complejo Asistencial, las solicitudes de información que a continuación se detallan:

a) Solicitud presentada el 23 de febrero de 2012: Mediante formulario de solicitud ciudadana OIRS (Oficina de informaciones, reclamos y sugerencias), del referido Complejo Asistencial, folio 01-0138, la Sra. Zamora requirió un informe completo de la atención psicológica recibida por su hijo, desde abril de 2008 a junio 2010, en la Unidad de Salud Mental Infantil, que incluyera todos los diagnósticos y tratamientos recibidos de parte de la psicóloga y terapeuta familiar doña Ximena Acharán.

b) Solicitud presentada el 7 de marzo de 2012: A través del formulario de solicitud ciudadana OIRS del citado Complejo Asistencial, folio 01-0166, y acompañando carta de la misma fecha, la Sra. Zamora, junto a don Raúl Ignacio Mendoza Vergara requirieron a dicho servicio público, información relativa a su hijo. En particular, solicitaron:

i) “Un Informe Oficial que indique diagnósticos y tratamiento farmacológico a su ingreso en el Servicio de Psiquiatría y Salud Mental, Área Ambulatoria Infantil”;

ii) “Asimismo, que indique tratamiento terapéutico, test aplicados y pruebas complementarias como exámenes de laboratorio, EEG, TAC, RNM, etc., para evaluación del daño orgánico cerebral, importancia de la organicidad y medicamentos prescritos para su tratamiento”;

iii) “También que indique los diagnósticos y tratamientos actuales, contraindicaciones, síntomas que pudiera manifestar y recomendaciones generales, en especial en cuanto al trato del paciente cuando presente crisis”;

iv) “Todos los certificados e informes parciales que han sido emitidos oportunamente por los especialistas del Área, Psicóloga Sra. Ximena Achiarán, Neurólogo Dr. Manuel Arriaza y Siquiatra Dra. María Gloria Moya Ferrán, con la información pertinente sólo para colegios fueron entregados de acuerdo a las exigencias escolares" (sic);

v) “Es de vital importancia que este Informe incluya las recomendaciones psicoterapéuticas, grado en que podría afectar su capacidad de estudio, la impresión pronóstica de la especialista y posibles repercusiones de la patología orgánica en la calidad de vida de” su hijo.

2) RESPUESTAS:

a) Respuesta a solicitud presentada el 23 de febrero de 2012: A través de carta sin numerar del 20 de marzo de 2012, la Asistente Social de la OIRS “Área Adulto” del Complejo Asistencial respondió al requerimiento anotado en el literal a) precedente, informando que se envió dicha presentación a la jefatura del servicio para su conocimiento y adopción de medidas correspondientes. Agregando que, en caso de obtener respuesta favorable, se comunicaría a la solicitante a la brevedad posible. Posteriormente, el 25 de abril de 2012 la reclamante accedió al informe psicológico, elaborado por la psicóloga Ximena Acharán, fechado en 9 de abril de 2012, respecto de la atención brindada...

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