Decisión nº C274-13, de Consejo de Transparencia de 30 de Abril de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 539909742

Decisión nº C274-13, de Consejo de Transparencia de 30 de Abril de 2013

Fecha de Resolución30 de Abril de 2013
TipoDocumentos Operacionales - Estudios o Investigaciones - Documentos
MateriaGestión de Personas
TemaTrabajo

DECISIÓN AMPARO ROL C274-13

Entidad pública: Municipalidad de Valparaíso

Requirente: Julio Carte Muñoz

Ingreso Consejo: 05.03.2013

En sesión ordinaria Nº 430 del Consejo Directivo, celebrada el 30 de abril de 2013, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C274-13.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285 y Nº 19.880; lo previsto en la Ley Nº 18.883, que establece el Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales; y los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 16 de enero de 2013, don Julio Carte Muñoz presentó una solicitud de información a la Municipalidad de Valparaíso, mediante la cual reitera una petición anterior, de 20 de noviembre de 2012, en la que solicitó:

a) Copia de los siguientes documentos:

i. Providencia Nº 6936, de 28 de junio de 2012, del Jefe de Gabinete al Sr. Alcalde.

ii. Providencia N° 2002, de 3 de julio de 2012, del Sr. Alcalde al Sr. Administrador.

iii. Providencia A-1293/2012, de 5 de julio de 2012, del Administrador Municipal al Sr. Director de Asesoría Jurídica.

iv. Providencia N° 3084, de 18 de julio de 2012, de la Dirección Asesoría Jurídica a la Administración Municipal.

b) Indicar el estado actual del sumario administrativo que se inició por denuncia del propio solicitante.

c) Copia del “Reglamento que regula tramitación administrativa de sumarios administrativos e investigaciones sumarias”, aprobado por Decreto Alcaldicio N° 437, de 24 de abril de 2006.

2) AUSENCIA DE RESPUESTA Y AMPARO: El 5 de marzo de 2013, don Julio Carte Muñoz dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del señalado órgano de la Administración del Estado, fundado en que no recibió respuesta a su solicitud.

3) SISTEMA ANTICIPADO DE RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: Mediante correo electrónico de 15 de marzo de 2013, este Consejo informó al municipio reclamado que se determinó aplicar un Sistema Anticipado de Resolución de Controversias (SARC), de carácter voluntario, a fin de verificar su disposición para entregar la información...

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