Decisión nº C1634-13, de Consejo de Transparencia de 9 de Octubre de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 539909494

Decisión nº C1634-13, de Consejo de Transparencia de 9 de Octubre de 2013

Fecha de Resolución 9 de Octubre de 2013
TipoDocumentos Operacionales - Estudios o Investigaciones - Documentos
MateriaGestión de Personas
TemaEconomía y Finanzas, Bienes Públicos

DECISIÓN AMPARO ROL C1634-13

Entidad pública: Contraloría General de la República.

Requirente: Pedro Peña Espinoza.

Ingreso Consejo: 04.10.2013.

En sesión ordinaria Nº 471 de su Consejo Directivo, celebrada el 09 de octubre de 2013, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C1634-13.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285 y Nº 19.880; lo previsto en el D.F.L. Nº 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575; y los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, en fecha indeterminada, don Pedro Espinoza Peña habría realizado una solicitud de información a la Contraloría General de la República, la cual no acompaña al presente amparo, en virtud de la cual habría requerido copia del sumario administrativo que indica.

2) Que, con fecha 03 de octubre de 2013, el reclamante señala que el organismo reclamado, mediante Oficio Nº 63.661, le comunica que revisados los archivos de dicho órgano se constató que el proceso disciplinario solicitado no obra en su poder y que procedió a derivar la solicitud de información al Ministerio de Educación para que le responda directamente al interesado, invocando el artículo 13 de la Ley de Transparencia.

3) Que, con fecha 04 de octubre de 2013, don Pedro Espinoza Peña dedujo ante este Consejo, amparo a su derecho de acceso a la información pública en contra de la Contraloría General de la República, fundado en que no se encuentra la información...

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