Decisión nº C981-12 y C984-12, de Consejo de Transparencia de 26 de Octubre de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 539909326

Decisión nº C981-12 y C984-12, de Consejo de Transparencia de 26 de Octubre de 2012

Fecha de Resolución26 de Octubre de 2012
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaJusticia

DECISIÓN AMPAROS ROLES C981-12 Y C984-12

Entidad pública: Municipalidad de Llay Llay

Requirente: Marco Flores Gómez

Ingreso Consejo: 09.07.2012

En sesión ordinaria N° 384 de su Consejo Directivo, celebrada el 26 de octubre de 2012, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de los amparos Roles C981-12 y C984-12.

VISTO:

Los artículos inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la Ley N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1 – 19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y, los D.S. N° 13/2009 y 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante indistintamente el Reglamento y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 28 de mayo de 2012 don Marco Flores Gómez realizó las siguientes dos solicitudes de información a la Municipalidad de Llay Llay, requiriendo antecedentes relacionados con la demanda judicial en contra de dicha municipalidad, por un monto de $280.000.000:

a) Solicitud de información que dio origen al amparo Rol C981-12:

i. De acuerdo a reunión sostenida con la Directora de Administración y Finanzas, en la cual se propuso la calendarización del pago de los $280.000.000 por la demanda judicial, se requiere copia del decreto alcaldicio para llevar a cabo dicha negociación.

ii. De acuerdo a la estructura presupuestaria, ¿cuáles son los movimientos que se llevarán a cabo en asignación, sub asignación, y sub sub asignación, para pagar el referido monto, más las costas asociadas al juicio perdido? (sic)

iii. Las fechas en que se llevarán a cabo esos movimientos presupuestarios.

iv. ¿Qué ley autoriza al municipio a realizar estos convenios más allá de un año?

v. ¿Con qué documentos (cheque, vale vista u otro) se documentará el pago de los montos que indica?

vi. ¿En qué ley y norma se basa la calendarización de esos pagos que cubre más de un período?

b) Solicitud de información que dio origen al amparo Rol C984-12:

i. Documento completo del acuerdo que se llevó a cabo entre el municipio y el o los representantes de los profesores, relacionado con la demanda judicial (bono SAE), por $280.000.000.

ii. Requiere información respecto a la forma cómo se documentarán los pagos (cheques, vale vista, etc.) de las fechas y montos que indica.

iii. Se informe la cantidad total que el municipio deberá pagar por concepto de costas, intereses y multas por el juicio perdido, como también el desglose de los gastos de ese juicio.

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