Decisión nº C464-12, de Consejo de Transparencia de 4 de Abril de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 539908954

Decisión nº C464-12, de Consejo de Transparencia de 4 de Abril de 2012

Fecha de Resolución 4 de Abril de 2012
TipoDocumentos Operacionales - Documentación Presupuestaria - Otros
MateriaDesarrollo y Gestión Institucional
TemaEconomía y Finanzas

DECISIÓN AMPARO ROL C464-12

Entidad pública: Servicio de Cooperación Técnica (SERCOTEC).

Requirente: Eduardo Flores Jara.

Ingreso Consejo: 26.03.2012.

En sesión ordinaria N° 328 de su Consejo Directivo, celebrada el 04 de abril de 2012, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C464-12.

VISTOS:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 12 de febrero de 2012, don Eduardo Flores Jara, habría realizado una presentación al Servicio de Cooperación Técnica (SERCOTEC) en la cual solicitó los motivos por los cuales no se evalúan los impactos de los programas de emprendimiento.

2) Que, con fecha 06 de marzo de 2012, y dentro del plazo legal establecido en el artículo 14 de la Ley de Transparencia, el órgano reclamado dio respuesta al requirente, señalando que, el programa “Capital Semilla, Línea de Financiamiento Emprendedores”, financia ideas de negocios de personas que no necesariamente poseen una empresa formal. Por ello, se han definido dos indicadores de éxito que dan cuanta de dicha situación. De este modo, el órgano mide el cambio de estado de situación de los beneficiarios del programa al momento de su postulación, y luego de un año de implementación del programa. Con el objeto de realizar un mejor seguimiento y evaluación de aquel fondo concursable, para el año 2012 se han redefinido los indicaciones de dicho programa. Así, el éxito de cada proyecto ganador del concurso se medirá en base al cumplimiento de alguno de los siguientes indicadores:

- Inicio de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos; y,

- Porcentaje de Empresas nuevas con ventas.

Lo anterior da cumplimiento a lo establecido en los artículos 14 y 15 de la Ley...

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