Decisión nº C1127-11, de Consejo de Transparencia de 14 de Septiembre de 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 539908782

Decisión nº C1127-11, de Consejo de Transparencia de 14 de Septiembre de 2011

Fecha de Resolución14 de Septiembre de 2011
TipoDocumentos Oficiales
MateriaGestión de Personas
TemaOrden y Seguridad Interior

DECISIÓN AMPARO C1127-11

Entidad Publica: Carabineros de Chile

Requirente: José Asencio Oyarzo

Ingreso Consejo: 09.09.2011

En sesión ordinaria N° 282 de su Consejo Directivo, celebrada el 14 de septiembre de 2011, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo Rol C1127-11.

VISTOS:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, don José Asencio Oyarzo solicitó a Carabineros de Chile los siguientes antecedentes:

a. Pieza investigativa donde se informó a su jefe directo, sobre unos descuentos indebidos que figuraban en la liquidación de sueldo por concepto de mesada o retención judicial;

b. Pieza investigativa, donde Comisaria informa a la Sección de Gestión Financiera de la Prefectura Santiago Oriente, los motivos por el cual no se pagó el "Bono de escolaridad”, y si el requirente era titular de ese beneficio a la fecha que indica; y,

c. Pieza investigativa en que se dispone a la oficina de indagaciones administrativa instruir una investigación administrativa con la finalidad de establecer responsabilidad administrativa por reclamo realizado por un ciudadano, el cual el requirente se habría visto involucrado.

2) Que, con fecha 09 de septiembre de 2011, don José Asencio Oyarzo, interpuso ante este Consejo, amparo...

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