Decisión nº C1500-12, de Consejo de Transparencia de 5 de Diciembre de 2012
Fecha de Resolución | 5 de Diciembre de 2012 |
Tipo | Documentos Operacionales - Documentación Presupuestaria - Presupuestos |
Materia | Auditoría y Control de Gestión |
Tema | Bienes Públicos |
DECISIÓN AMPARO ROL C1500-12
Entidad pública: Municipalidad de Quilicura.
Requirente: Adolfo Romero Valenzuela.
Ingreso Consejo: 18.10.2012.
En sesión ordinaria N° 394 del Consejo Directivo, celebrada el 05 de diciembre de 2012, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C1500-12.
Los artículos 5º, inc. 2º, 8° y 19 Nº 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
1) Que, el 03 de septiembre de 2012, don Adolfo Romero Valenzuela realizó una presentación ante la Municipalidad de Quilicura, requiriendo la siguiente información:
a) Antecedentes del Proyecto Centro Cívico y Edificio de Servicios FUC, incluyendo presentaciones expositivas, empresas que intervienen y procedimientos administrativos para su realización; y,
b) Presupuesto Anual Municipal del 2011 y 2012.
2) Que, con fecha 18 de octubre de 2012, don Adolfo Romero Valenzuela dedujo amparo a su derecho de acceso a la información pública ante este Consejo, en contra de la Municipalidad de Quilicura, fundado en la falta de respuesta a su presentación.
3) Que, este Consejo acordó en su sesión ordinaria N° 383, de 24 de octubre de 2012, admitir a tramitación el presente amparo y derivarlo a la Unidad de Análisis de Admisibilidad y SARC de esta Corporación...
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