Decisión nº C1602-12, de Consejo de Transparencia de 5 de Diciembre de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 539908642

Decisión nº C1602-12, de Consejo de Transparencia de 5 de Diciembre de 2012

Fecha de Resolución 5 de Diciembre de 2012
TipoDocumentos Oficiales
MateriaGestión de Personas
TemaTrabajo

DECISIÓN AMPARO ROL C1602-12

Entidad pública: Subsecretaría del Interior.

Requirente: Boris Yaikin Calderón.

Ingreso Consejo: 16.11.2012.

En sesión ordinaria Nº 394 de su Consejo Directivo, celebrada el 5 de diciembre de 2012, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C1602-12.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285 y Nº 19.880; lo previsto en el D.F.L. Nº 1-19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575; y los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, el 11 de octubre de 2012, don Boris Yaikin Calderon realizó una presentación a la Subsecretaría del Interior, en la cual solicitó copia del contrato y de la boleta de honorarios o liquidación de sueldo (detalle y total de honorarios) del abogado Luis Hermosilla, quien representa al Gobierno en la denuncia por la compra de equipos antidroga.

2) Que, con fecha 16 de noviembre pasado, don Boris Yaikin Calderón dedujo amparo a su derecho de acceso a la información pública ante este Consejo, en contra de la Subsecretaría del Interior, fundado en que dicho órgano no habría dado respuesta, dentro del plazo legal, a su solicitud de información.

3) Que, en sesión ordinaria N° 390, de 21 de noviembre de 2012, este Consejo acordó admitir a tramitación el presente amparo y derivarlo a la Unidad de Análisis de Admisibilidad y SARC de esta Corporación, encargada...

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